Una suspensión ficticia

Vamos directos a la cuestión jurídica: dice Junqueras que el Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de la Generalitat contra la Orden HFP/878/2017, de 15 de septiembre, bautizada como la de la «intervención de las cuentas de la Generalitat» y que, en consecuencia, la Orden queda suspendida automáticamente.

Para variar, NO ES CIERTO. Lo que hace Junqueras y el conjunto de acólitos que le acompañan es citar una jurisprudencia que, en síntesis, lo que dice es que la Administración no puede ejecutar una resolución si está pendiente una petición de suspensión contra un acto administrativo llamémosle singular, pero no es el caso si se trata de una disposición general.

Lo simplifico todo lo que puedo para que los no familiarizados entendáis lo que quiero decir:

  • Acto administrativo «singular». En este apartado está, por ejemplo, el caso en que os abren un procedimiento tributario y se determina que tenéis que pagar la cantidad X. Se interpone recurso ante la Administración y, a la vez, se pide la suspensión de la obligación de pago. La Administración os deniega el recurso y, por lo tanto, tendrías que pagar la deuda tributaria. Interponéis recurso contencioso-administrativo (o sea, vais al Juzgado) y pedís, también, la suspensión de la ejecución de la obligación de pago. Pues bien, en este caso, los Tribunales dicen que, hasta que el Juzgado no haya resuelto la petición de suspensión, la Administración no puede ejecutar la obligación que tenéis de pagar la deuda tributaria.
  • Disposición general. Se trata, por ejemplo, de una orden ministerial o de un reglamento. Es decir, de una norma dictada por la Administración. Contra estas disposiciones no cabe recurso en la vía administrativa (salvo un caso que ahora no compete).
  • Un último concepto: la ejecutividad. Los actos de la Administración son directamente ejecutivos, salvo que sean suspendidos (y otros supuestos que no vienen al caso).

Con todo esto, tenemos suficiente para intuir que una Orden o un Reglamento son directamente aplicables desde el momento en que entran en vigor, salvo que un Tribunal ordene la suspensión y sin que quede afectada por la petición de suspensión o el recurso que, en su caso, pueda interponer la Generalitat.

Y aquí entra el juego de la confusión y suspensión ficticias creadas por Junqueras y su equipo. Porque lo que dicen es que resulta de aplicación la doctrina de lo que he llamado «acto administrativo singular» a una disposición general.

Lo primero, veamos dónde se regula la eventual suspensión de la Orden. Es el artículo 129.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Adminitrativa: «2. Si se impugnare una disposición general, y se solicitare la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados, la petición deberá efectuarse en el escrito de interposición o en el de demanda«.

Ahora veamos los «antecedentes» citados por Pere Aragonès en Twitter:

Y ahora el resumen que hace del asunto:

Ahora, veamos qué dice la STS 28/04/2014, de la Sala 3ª, recurso de casación 4900/2011, Fundamento de Derecho Segundo:

«SEGUNDO .- Nuestra jurisprudencia [pueden consultarse las sentencias de 6 de marzo de 2000 (casación 3986/95 , FF.JJ. 3º a 6º); 7 de marzo de 2005 (Pleno, casación 715/99 , FJ 5º); 14 de abril de 2005 (casación 1829/00, FF.JJ. 3 º y 4º); 29 de abril de 2005 (casación 4534/00 , FJ 4º); 16 de marzo de 2006 (casación 7705/00 , FJ 4º); 29 de abril de 2008 (casación 6800/02 , FJ 3º); 15 de junio de 2009 (casación 3474/03 . FJ 4º); y 27 de diciembre de 2010 (casación 182/07, FJ 3º), entre otras] sostiene que la Administración no puede iniciar la vía ejecutiva en tanto la decisión sobre la suspensión penda de los órganos económico- administrativos. Lo mismo cabe decir en los supuestos en que la solicitud de suspensión se produzca en vía judicial. La posibilidad de que la Administración tributaria dicte providencia de apremio sobre una liquidación impugnada en la vía económico- administrativa (y con mayor motivo si lo ha sido en la jurisdiccional), y respecto de la cual se ha solicitado la suspensión de la ejecución, sin haber resuelto sobre esa suspensión conculca los artículos 9 , 24.1 y 106.1 de la Constitución , contraviniendo la seguridad jurídica, el derecho a la tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión, así como el sometimiento de la actividad administrativa al control de legalidad. Tal vez por ello, el artículo 167.3 de la Ley General Tributaria de 2003 contempla, en la letra b), como uno de los motivos tasados de oposición a la providencia de apremio la solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en periodo voluntario y «otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación».«

Veamos también la STC 78/1996:

«La ejecución inmediata de un acto administrativo es, pues, relevante desde la perspectiva del art. 24.1 de la C.E. ya que si tiene lugar imposibilitando el acceso a la tutela judicial puede suponer la desaparición o pérdida irremediable de los intereses cuya protección se pretende o incluso prejuzgar irreparablemente la decisión final del proceso causando una real indefensión. En consecuencia, el derecho a la tutela se extiende a la pretensión de suspensión de la ejecución de los actos administrativos que, si formulada en el procedimiento administrativo, debe permitir la impugnación jurisdiccional de su denegación y si se ejercitó en el proceso debe dar lugar en el mismo a la correspondiente revisión específica. «El derecho a la tutela se satisface, pues, facilitando que la ejecutividad pueda ser sometida a la decisión de un Tribunal y que este, con la información y contradicción que resulte menester, resuelva sobre la suspensión» (STC 66/1984).»

Quizás a alguien le parezca de aplicación al caso, pero se trata de un supuesto en que un señor recurre una sanción de empleo y sueldo por un mes y se discute la ejecución inmediata de la sanción disciplinaria, aderezada con unas cuestiones procesales que tampoco vienen al caso.

En cuanto al auto de 7 de marzo de 2017 del Tribunal Supremo. Si se refiere a la Sala de lo Contencioso, no he encontrado ese auto.

Bien, frente al caso singular, fijaos lo que dice el Tribunal Supremo en Auto de 26 de enero de 2015 (recurso 883/2014): «… hemos de reiterar la consolidada jurisprudencia de esta Sala en el sentido de que la suspensión de una disposición general es una medida que sólo puede adoptarse de forma muy restrictiva, puesto que frente a la afección singularizada o numéricamente limitada que deriva de los actos administrativos, la suspensión de una disposición general afecta a la integridad del ordenamiento jurídico, con la consiguiente mayor repercusión en los intereses generales…«

Y con esto volvemos al artículo 129 LJCA: «2. Si se impugnare una disposición general, y se solicitare la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados, la petición deberá efectuarse en el escrito de interposición o en el de demanda«.

Exacto, amiguitos: si se pretende la suspensión de una disposición general, hay que pedírselo al Tribunal Supremo, que resolverá lo que entienda oportuno. No hay norma alguna -ni jurisprudencia- que diga que, mientras se interpone un recurso contencioso-administrativo contra una disposición general (como una Orden) y se tramita una hipotética medida cautelar, la norma dictada quede en suspenso.

CONCLUSIÓN. Lo que hace Junqueras y su equipo es citar, conscientemente y mal, una jurisprudencia que no resulta de aplicación. Confunden y algunos dirían que, quizás, hasta engañan. Porque saberlo, lo saben. Todo sea por tener a su público entretenido.

¿Que el Supremo puede acabar dando la razón al Govern? Oh, claro, eso puede ser. O puede que no. Pero nada queda suspendido.

Y por si queréis información de prensa fiable, en esta noticia de ElConfidencial explican bien algunos entresijos de los que he prescindido.

EDITO: Para añadir el Tweet de un periodista que se molesta en hacer su trabajo en lugar de dar por bueno lo que dice Junqueras.

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Juanmari

Te veo desesperado por poder hacer una crítica jurídica en lugar de investigar trolas todo el día pero ¿administrativo? Es una broma para encubrir que no sé qué decir sobre este tema que no haya dicho ya o hayáis dicho mejor vosotros. Cada vez estoy más convencido de que no van a despertar simpatías en ningún lado que cuente salvo salvajada intolerable.

papitufo

Perdona que no toque de lleno el tema del post, pero también tiene su lado jurídico:

«Los independentistas denuncian que la Guardia Civil ha entrado en Unipost sin orden judicial»

https://cronicaglobal.elespanol.com/politica/independentistas-guardia-civil-unipost-orden-judicial_88208_102.html

«El teniente de alcalde de Terrassa quiere entrar en las oficinas para comprobar que se dan las “garantías procesales” para realizar el registro».

Quizá se me escape algo de los escasos conocimientos que tengo de derecho penal, pero… ¿alguien me puede explicar qué cojones (con perdón) pinta un teniente de alcalde comprobando que se cumplen las garantías procesales?

Me imagino la cara del guardia civil que custodia la entrada:
– Soy el teniente de alcalde, quiero… no, exijo entrar para comprobar que se cumplen las garantías procesales».
– Oiga, no moleste.
– ¿Cómo? Usted no sabe quién soy yo.
– Circule.

Doy por supuesto que es otro bulo de los separatistas.

Abraham Benyosef

Lo próximo de la prensa indepe: «Juncker, amb el suport de Jimmy Carter i del Parlament britànic, ordena suspendre la intervenció dels comptes de la Generalitat».

Joan

Gracias, Javier, por todo tu blog y en este caso por la perfecta lección jurídica: breve, precisa y clara, que es todo un lujo para profanos.
Es evidente que el «prusés» está llegando a sus últimos estertores (al menos de esta etapa, no echemos las campanas al vuelo) y alcanzando límites excelsos en sus manipulaciones, forzado a sacar argumentos de donde no hay, cayendo en contradicciones cada vez más flagrantes y entrando ya plenamente en el «todo vale».
Yo confío en que muchos de su entorno (no los «fieles», desde luego, que esos son inasequibles) estarán empezando a comprender que los han estado engañando vilmente.

Fco. Javier

¡Enhorabuena Javier por la didáctica jurídico legal!

Podría pensarse (por la pataleta de los separatistas) que el hecho de controlar los gastos ha estorbado mucho sus intenciones…

Creo que es obvio que el resultado de lo que hagan (si lo llegan a hacer, claro) NO va a ser reconocido, ni va ser válido, ni democrático… por las formas empleadas, actos previos y la baja participación que esperan…

Así que estas paridas que hacen, lo que me suena es que tratan de tener fidelizada la peña para tenerlos calenticos cara a una posible movilización el 1-O («una manifestación democrática y pacífica de protesta») o para la convocatoria de elecciones a la Generalitat…

Juanmari

Resumen (apresurado). Cinco años de blog y una mañana

papitufo

Patético Pablo Iglesias y su mención a la existencia de presos políticos. Algunos, con tal de pescar en río revuelto, son capaces de cualquier cosa. Y patético el comunicado del Barça.

Sigo viendo mucha equidistancia, gente hablando de que no debe haber vencedores ni vencidos, que ésto acabará en empate, etc. Señores, quien se salte la ley que se atenga a las consecuencias. Cuando acabe la vorágine será el momento de reconducir la situación y tratar de normalizar la situación en Cataluña. Mientras haya gente cometiendo o promoviendo actos ilegales, sólo hay un bando correcto.

Abraham Benyosef

No son presos políticos. Son políticos presos, que es otra cosa.

Raúl
Curioso

Just watch me
Quebec, crisis octubre de 1973. El primer ministro de Canadá Pierre Trudeau es interrogado por el reportero de la CBC TIm Ralfe sobre las medidas de excepción que había adoptado y que incluían el despliegue del ejército: «Sí, creo que la sociedad debe recurrir a todos los medios a su alcance para defenderse del surgimiento de un poder paralelo que desafía el poder elegido en este país, y creo que eso incluye cualquier medida. Mientras exista un poder que desafíe al representante electo del pueblo, creo que ese poder deber ser detenido y creo que únicamente, repito, almas bellas y pusilánimes pueden oponerse a esas medidas.»
El vídeo aquí:

más corto aquí: https://www.youtube.com/watch?v=DeTsQQ22Uwc

Necesitamos un Pierre Trudeau.

Abraham Benyosef

Creo que no se esperaban las detenciones tan pronto. No les dio tiempo de incendiar la calle. Creo que esperaban un crescendo de reacciones del gobierno hasta el 1-O, que iba a ser respondido con otro crescendo simétrico del separatismo.

Las acciones decididas de Rajoy los tomaron totalmente a destiempo. Les desarticularon la logística y les desarticularon el equipo técnico antes de cualquier acampe. Así como la estrategia comunicacional del Gobierno me parece calamitosa, tengo que reconocer que en las medidas que tomó está acertando.

papitufo

Alguno de Barcelona puede contar cómo está la situación?

Juanmari
Miguel

Creo que viene al caso este enlace para el editorial del diario El Pais, que creo merece una mención honorífica en este blog: Ya que se desmontan una a una muchas de las citas falsas de Puigdemont.
https://elpais.com/elpais/2017/09/20/opinion/1505920628_019009.html

papitufo

«Los estibadores de Barcelona acuerdan no dar servicio a los cruceros de la Policía Nacional»
https://elpais.com/ccaa/2017/09/21/catalunya/1505981808_365812.html

Los estibadores consideran que los cruceros son “barcos de la represión” y han tomado la decisión “en defensa de los derechos civiles”.

“Si fuese un crucero normal o un barco de refugiados, le daríamos suministro sin pensarlo, pero a estos barcos, SI NOS LO PIDEN, no se lo vamos a dar”.

Javier, espero que no te importe que, dadas las circunstancias, cuelgue enlaces o haga comentarios referentes al ‘prusés’ pero sin relación con la entrada. Comentar en el blog y leer vuestras observaciones me sirve de ‘terapia’.

marc sanz

Me hace gracia cuando algunos de los politicuchos separatistas hablan de clamor de todo un pueblo porque los colegios profesionales, las universidades, algunos clubes deportivos, bomberos, etc, de posicionan a favor del butifarrendum. Es cinismo sin paliativos. Como pueden decir eso cuando son los directivos de esas entidades, que muchas veces han accedido a esa posición por sus simpatías por el régimen, los que se han posicionado sin consultar a los trabajadores? Es esa la libertad de expresión y el derecho a decidir que reclaman? Estoy sumamente indignado. Que poco potente tenemos el altavoz los que opinamos en contra del régimen.

marc sanz

Por otra parte este día el ambiente es insufrible. Parece que todo el mundo piensa igual. Me recuerda al ambiente pre-27S. Cada día me repugna más la prensa. Hay excepciones, por supuesto. Pero en general…. Ya he dejado d ver la sexta. Me hieren sus comentarios tan condescendientes. Las imágenes de las estrelladas todo el santo día. Hoy en la ser, igual. Ya no hablo de ser Cataluña, una emisora que nada tiene que envidiar a la sectaria Cat radio, pero es que hasta el programa del francino, y mira que es un periodista al que yendo en consideración porque es valiente. Es el tono que utilizan, más que lo que dicen. Como digo de condescendencia con el separatismo. Nada que refleje el hecho objetivo de que ha habido actos delictivos. En otro medio teóricamente no separatista he leído un titular comparando el aquelarre de estos días con el 15M! Como se atreven comparsr una protesta guiada por una asociación sectaria que se alimenta de dinero público y que incita al odio, con un movimiento completamente espontáneo?

Juanmari

No os podéis perder la entrada»El alimento de la turba» del blog abajo recomendado Las cuatro esquinas del mundo. Es la última ahora.

Abraham Benyosef

A mí lo que me preocupa es la cantidad de gente a la que la independencia se la suda pero que están haciendo de esto una oportunidad para pegarle a Rajoy. Creo que no son conscientes de la irresponsabilidad de su oportunismo.

Raúl

Más competencia: https://elpais.com/elpais/2017/09/21/hechos/1505991337_650501.html

Bueno, supongo que es verdad, que no lo he comprobado, ni sé cómo hacerlo. Si no es verdad, alucionaría. Lo pego por lo de los retuits, que alguna vez se ha comentado. ¿Cómo va a salir esto bien con tanta desinformación?

Por cierto Lliure, has pasado de un estado de «preocupación» a un estado muy… «animado». Qué cosas más sorprendentes, porque diría que la paz social y todo eso, que tanto parecía preocuparte hace un par de días, está empeorando a velocidades de vértigo!! ¿Más hipocresía? Vaya, no lo esperaba de ti, en absoluto, jaja!

Saludos.

Curioso

Mientras tanto en la Dinamarca del sur sigue la «revolució dels somriures» https://youtu.be/zWXu6rHqg1A

Otro Javier

En las primeras elecciones después de mayo del 68 ganó el General de Gaulle. Confío que las algaradas de las chicas de la CUP sirvan para que algún separatista se diga a si mismo «no es esto, no es esto…»

Alex

Mi receta desde el epicentro de una vergüenza propia y ajena (es decir con traducción simultánea en castellano y catalán) tamaño XXL:

Primero evitar el referéndum, porque es ilegal, inmoral, subnormal y además engorda.

Y segundo, esto…

https://twitter.com/davidfrum/status/911229645382651904

No tengo ninguna necesidad de apuntalar mi titubeante autoestima con un 10-0 ni nada parecido. Me basta con un poco de justicia de manual…

*** Nota al pie: fijaos en el segundo comentario al tuit que enlazo, que viene con artista invitado. Sí, es él…

Alex

Acabo de ver un corte de Tarda dirigiéndose a los estudiantes de no sé dónde…

Espero que sea un montaje y que no haya dicho lo que me parece haber escuchado…

papitufo

Las imágenes de hoy de los manifestantes parece más «festivalera», en plan acampada ViñaRock. Si ésa es la movilización permanente, pocas revoluciones han visto estos chavales.

papitufo

«El Govern pide a la sindicatura electoral disolverse para evitar las multas del Constitucional».

https://www.elconfidencial.com/espana/cataluna/2017-09-22/referendum-cataluna-1o-guardia-civil-protestas_1447914/

Referéndum sí, independencia sí… pero la pela es la pela. Una muestra más de que no están seguros de que todo vaya bien el 2-O.

Viure Lliure

Ei, molt bé, eh? Denúncia així en general per sedició, que recau sobre un expolicia franquista, de mà d’aquest fiscal. Què pot sortir malament?
https://twitter.com/Aurora_Madaula/status/911257870397820928

Alex, ja sé que et feia il·lusió deixar enrere el franquisme. Sento que la realitat sigui tan obstinada. No m’estranya que acabis renegant…

Per cert, als que anunciàveu un clima tens a Catalunya, enhorabona: teniu un grup de centenars de nazis ultra espanyolistes campant per carrer atonyinant vianants i periodistes. Segur que la culpa és nostra, que anem provocant.

papitufo

Cuando crees que ya nada te puede sorprender…

380 párrocos catalanes exigen votar el 1-O: «El Evangelio defiende este referéndum»
https://www.elconfidencial.com/espana/cataluna/2017-09-22/cataluna-referendum-manifiesto-iglesia-380-parrocos_1448422/

papitufo
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[url=https://imgur.com/15mDKdA][img]http://i.imgur.com/15mDKdA.mp4[/img][/url]

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[img]https://i.imgur.com/15mDKdA.mp4[/img]

papitufo

Perdona Javier. Aprovechando que este post estará poco visitado, estoy probando qué formato de enlace es válido para colgar un vídeo de archivo. Por cierto, no hay manera con Imgur.