El otro día polemizaba sobre las quince, diecisiete o dieciocho veces que el separatismo dice (enlace a vídeo de Marta Rovira) que ha solicitado un referéndum de secesión, afirmación que se ha asumido como uno de los latiguillos con que se suelen redondear los argumentos. Por supuesto, mi escepticismo se pone en alerta: ¿tan poca atención le he prestado al separatismo que sólo recuerdo una petición por el cauce formal adecuado, la planteada en abril de 2014 ante el Congreso de los Diputados?
Llama la atención que nadie haya desglosado de forma clara y detallada esas dieciocho veces. Si se lleva la cuenta, ¿cómo es que no he encontrado una lista?
Hallé una entrevista a Joan Tardà, donde manifestó que los catalanes [lo de «los catalanes» lo dice Elmón, no yo] han intentado acordar un referéndum: «…fins a divuit vegades, una de les quals de forma solemne portant a les Corts del Regne d’Espanya una iniciativa del Parlament de Catalunya que tenia el suport del 80% de la cambra». (…hasta dieciocho veces, una de las cuales de forma solemne llevando a las Cortes del Reino de España una iniciativa que tenía el apoyo del 80% de la cámara).
Ajá, o sea que se ha pedido dieciocho veces y sólo una de manera solemne o formalmente adecuada. Una forma de contar hasta dieciocho bastante particular.
En línea parecida, Xavier Eritja (ERC): «des de Catalunya ja s’ha demanat divuit vegades al llarg de la història i mai se’ns ha fet cas” (desde Cataluña ya se ha pedido dieciocho veces a lo largo de la historia y nunca se nos ha hecho caso).
Entonces, ¿qué pasa con las otras diecisiete? ¿Eran peticiones serias, o eran simbólicas, o ni siquiera contenían una petición? Veamos qué he encontrado. La lista no llega hasta dieciocho «peticiones». Tampoco pretendo reconstruir completa la lista, porque si el separatismo no la desglosa, ¿cómo lo voy a hacer yo? Lo que sí veremos es que entre lo que dicen y la realidad parece mediar una cierta distancia.
1. Resoluciones de soberanía.
Decía Carles Viver Pi-Sunyer, en el año 2014, que el derecho a decidir tiene en Cataluña es una reivindicación con «…una larga y reiterada historia: la primera de esas resoluciones parlamentarias se remonta al año 1989 y desde esta fecha hasta la actualidad se ha reiterado en 11 ocasiones, 6 de las cuales a partir del año 2010«.
No voy a repasar todas las proposiciones, resoluciones o mociones de soberanía porque, además, no creo que quienes hablan de dieciocho veces las incluyan. Marta Rovira dice muy explícitamente en el vídeo enlazado que se trata de iniciativas presentadas en el Congreso. Sí que diré que esas resoluciones no implican por sí mismas una petición y menos de carácter formal.
Por cierto, que revisando un poco la historia de estas resoluciones, me ha llamado poderosamente la atención esta frase: «El ordenamiento constitucional implica siempre la posibilidad de reforma y con la reforma implica… la posibilidad de que un día este ordenamiento constitucional pueda incluir el derecho a la autodeterminación de las naciones que configuran el actual Estado español». Claramente se entiende, pues, que se reconoce que la autodeterminación (sic.- dejémonos ahora del debate sobre la palabra) no está incluida en el ordenamiento constitucional, sin perjuicio de que en un futuro, y en virtud de la reforma de la Carta Magna, pueda tener cabida.
Esa frase la pronunció Àngel Colom, en aquellas fechas Diputado por ERC en el Parlamento catalán. En la página 5 de este enlace la encontraréis, en el marco de debate de la «Proposició no de Llei sobre el Dret d ’Autodeterminació de la Nació Catalana» (Proposición no de Ley sobre el Derecho de Autodeterminación de la Nación Catalana) celebrado en fecha 12 de diciembre de 1989. La referencia la encontré en este trabajo: «EL DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN EN NUESTRA RECIENTE VIDA CONSTITUCIONAL: ANÁLISIS Y PROBLEMÁTICA«, de Roberto Viciano Pastor.
2. Es verdad que se han llevado al Congreso algunas iniciativas. No exactamente para pactar un referéndum, sino para delegar la competencia de convocatoria de referéndum (sin especificar para qué), o aceptar o positivizar la secesión unilateral. Lo que yo he encontrado en el buscador de iniciativas del Congreso de los Diputados es esto:
I a VI Legislatura: Salvo error, buscando por referéndum Cataluña, nada.
a. Por autodeterminación, nos sale una Proposición no de Ley relativa a la modificación de la Constitución española para reconocer, respetar y ejercer, si fuera el caso, el libre ejercicio democrático del derecho a la autodeterminación de las diversas nacionalidades españolas, firmada por Pilar Rahola, ERC, presentada el 5 de febrero de 1997, con el siguiente contenido:
«Instar al Gobierno a iniciar el procedimiento legal previsto en el articulado del Título X del texto constitucional, que permita modificar la Constitución, con el fin de reconocer, respetar y ejercer, si fuera el caso, el libre ejercicio democrático del Derecho a la Autodeterminación, de la Nación Catalana y de aquellas otras naciones, cuyos condicionantes históricos, culturales y políticos, actualmente depositados políticamente en sus respectivos Parlamentos, les decidiera a ejercer este derecho básico«.
Caducó sin haber sido debatida. En cualquier caso, no se pide celebrar un referéndum de secesión.
VII Legislatura
b. Proposición de Ley de transferencia a la Generalidad de Cataluña de las competencias en materia de autorización para la convocatoria de referéndum. (Orgánica).Presentada el 24 de abril de 2001 por Joan Puigcercòs (ERC), fue rechazada el 12 de febrero de 2002. Su objeto era el de que se transfiriese a la Generalitat las competencias para convocar un referéndum, sin referencia a un objeto concreto, particularmente la secesión. En el artículo 1 se proponía:
«Se transfieren a la Generalitat de Catalunya las facultades de ejecución de la legislación del Estado de autorización de la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, para que disponga de la facultad de someter las decisiones políticas de trascendencia especial al referéndum de la ciudadanía de Catalunya«
La vía elegida era la del artículo 150.2 CE, absolutamente en blanco, es decir, con plenos poderes para la Generalitat en caso de producirse la transferencia. No dice nada de un referéndum de secesión en Cataluña, ni de un acuerdo con el Gobierno de la Nación, ni con nadie.
c. Proposición de Ley Orgánica, por vía del artículo 150.2 de la Constitución, de transferencia a la Generalidad de Cataluña de las competencias en materia de autorización para la convocatoria de referéndum. Presentada por el Parlamento de Cataluña el 18 de julio de 2003, su tramitación se traslada a la VIII Legislatura. Su contenido es sustancialmente idéntico a la Proposición presentada por ERC.
VIII Legislatura
c1. Proposición de Ley Orgánica, por vía del artículo 150.2 de la Constitución, de transferencia a la Generalidad de Cataluña de las competencias en materia de autorización para la convocatoria de referéndum (corresponde a la anterior proposición de la VII Legislatura, así que es la misma iniciativa). (125/00001). Presentada por el Parlamento de Cataluña el 2 de abril de 2004, fue rechazada el 7 de febrero de 2006. Tampoco dice nada de referéndum de secesión, ni de llegar a un acuerdo con el Gobierno.
d. Proposición de Ley de Transferencia a las Comunidades Autónomas, por la vía del artículo 150.2 de la Constitución, de las competencias en materia de autorización para la convocatoria de referéndum, presentada por ERC el 30 de junio de 2004 y rechazada el 27 de marzo de 2007. En la misma línea que las anteriores.
e. Proposición de Ley Orgánica de transferencia a la Generalitat de Cataluña de las facultades de ejecución de la legislación del Estado para la autorización de la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. (122/000211) Presentada el 17 de octubre de 2006 y caducó por disolución de la Cámara.
IX Legislatura
Salvo error, no figuran iniciativas de este tipo relacionadas con el tema que nos ocupa.
X Legislatura
f. Proposición no de Ley sobre la transferencia a la Generalitat de Cataluña de las facultades de ejecución de la legislación del Estado para la autorización de la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. (162/000428). Tuvo entrada el 14 de septiembre de 2012, a instancias del Grupo Mixto (ERC) y se rechazó por el Congreso el 9 de octubre de 2012. El texto de la Proposición no de Ley era el siguiente:
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a transferir, en el plazo máximo de 6 meses, a través del artículo 150.2 de la Constitución española, a la Generalitat de Catalunya las facultades de ejecución de la legislación del Estado para la autorización de la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum para que disponga de la facultad de someter las decisiones políticas de trascendencia especial al referéndum de la ciudadanía de Catalunya.».
Esta iniciativa, como de costumbre, no se enfocaba de manera explícita a la convocatoria de un referéndum de secesión. Implícitamente, y dado que se presentó justo después de la Diada de 2012, es evidente que sí. Pero yo sigo sin ver dónde se planteaba un acuerdo.
g. Proposición de Ley para permitir el Derecho de Autodeterminación de los Pueblos. Esta iniciativa tuvo entrada en el Congreso el 7 de febrero de 2013, a instancias de Alfred Bosch, Joan Tardà y Teresa Jordà (ERC-RCat-CatSí).
La proposición de Ley configura un derecho unilateral a la secesión, que es muy distinto a un referéndum pactado.
Así, en el artículo 4 se residenciaba, en exclusiva, en el Gobierno autonómico, a instancia propia, del Parlamento autonómico o del 20% del censo electoral. Técnicamente, el artículo era un desastre, pero lo que cuenta es la intención de figurar y después decir que «me lo han denegado«.
El censo electoral estaría formado por quienes tuvieran derecho a sufragio en las municipales.
Artículo 5.3: «En caso de que más del 50% de los votos emitidos en el referéndum de autodeterminación sea favorable a la independencia respecto del Estado español, el gobierno autónomo proclamará la independencia de su nación«.
Y en el artículo 6.1: «Una vez proclamada la independencia, se iniciará la negociación…«. El referéndum que dicen pactado es una Ley de secesión unilateral.
No os perdáis tampoco el artículo 2, en que se describe como nación a los Països Catalans. En fin.
La Mesa del Congreso inadmitió a trámite la iniciativa por una razón muy sencilla: era evidente que la tramitación de esa iniciativa debía llevarse a cabo por la vía de la reforma constitucional y así se lo indicaba. Vía que, por supuesto, nunca se ha tomado, porque no interesa por razones estratégicas.
h. Proposición no de Ley sobre medidas para permitir el Derecho de Autodeterminación de los Pueblos. Como la anterior proposición de Ley fue inadmitida a trámite, se buscó una alternativa, para al menos conseguir que la secesión unilateral entrase en el Congreso, lo cual se articuló como Proposición no de Ley presentada el 29 de abril de 2013 a instancias del Grupo Mixto (ERC). Sustancialmente, se trata del mismo texto que la Proposición de Ley.
En el Pleno del 8 de octubre de 2013, la Proposición no de Ley fue rechazada. No sé al lector, para mí incluir esta iniciativa en una categoría de referéndum solicitado y rechazado, me parece forzado. Aquí, el enlace al Diario de Sesiones.
i. Proposición de Ley Orgánica de delegación en la Generalidad de Cataluña de la competencia para autorizar, convocar y celebrar un referéndum sobre el futuro político de Cataluña. Se trata de la conocida Proposición defendida en el Congreso en abril de 2014, cuyo objetivo claro y explícito era la delegación de la competencia, vía artículo 150.2, para convocar un referéndum que tuviera por objeto la secesión (sí, el «futuro político»; o sea, la secesión).
El artículo único de esta Proposición, en su apartado primero decía:
«Artículo único. Delegación en la Generalidad de Cataluña de la competencia para autorizar, convocar y celebrar un referéndum sobre el futuro político de Cataluña.
1. Se delega en la Generalidad de Cataluña la competencia para autorizar, convocar y celebrar un referéndum consultivo para que los catalanes se pronuncien sobre el futuro político colectivo de Cataluña, en los términos que se acuerden con el Gobierno del Estado y con las condiciones establecidas en los apartados 2, 3 y 4.»
Aquí, yo veo, clara y explícitamente, una petición de delegación para celebrar un referéndum cuyo objeto era la secesión. Incluso con un atisbo de acuerdo indeterminado (o sea, que si el Gobierno quisiera fijar algún requisito, se le diría que está torpedeando el referéndum, que para eso la convocatoria quedaba en poder de la Generalitat).
CONCLUSIÓN. «Vam demanar divuit vegades al Congrés espanyol poder celebrar aquest referèndum» (Pedimos dieciocho veces al Congreso español poder celebrar este referéndum). Eso dice Marta Rovira en el vídeo. Evidentemente, yo puedo haber buscado mal. También puede ser que el buscador del Congreso no sea precisamente lo mejor que se ha creado.
La cuestión es que da igual si son nueve o dieciocho. La cuestión es que sólo se ha pedido, de forma solemne, en palabras de Joan Tardà, una sola vez. No sólo eso: siempre que se ha solicitado la delegación de la competencia del referéndum ha sido basándose en el artículo 150.2 CE, que es el que, en palabras de Don Francisco Rubio Llorente, da pie a una «delegación en blanco». O sea, que la Generalitat organice como le parezca. Una gran manera de llegar a un acuerdo.
Y la Proposición de Ley para la autodeterminación de los pueblos, no era más que una Ley de Secesión Unilateral. Y la Mesa del Congreso le responde que esa tramitación requiere de una reforma constitucional, que es lo mismo que ha dictaminado el TC en las diversas impugnaciones a que ha dado lugar el procés. Eso le resulta indiferente al separatismo: la cuestión es hacerse la víctima.
Cuando el separatismo «ha pedido» la delegación de la competencia (que no el referéndum de secesión) u otras medidas, aparte de saber que la iniciativa sería rechazada por amplia mayoría, también sabía que la vía elegida no permitía acceder a sus pretensiones. Por el mismo precio, y sabiendo que la iniciativa sería rechazada, ¿por qué razón nunca han iniciado la vía de la reforma constitucional, que es indiscutiblemente la adecuada formal y materialmente? Porque, como he escrito antes, aun sabiendo que es previsible que no prospere (como las iniciativas que sistemáticamente han llevado a cabo), estratégicamente no conviene.
Habrá quien diga que me pongo muy técnico y exigente al valorar las iniciativas que he encontrado en el buscador del Congreso. La clásica autoindulgencia frente a la primera objeción que se formula: no ha habido rubor alguno en afirmar rotundamente que «este referéndum» se ha pedido dieciocho veces. Y cuando se comprueba que se ha pedido algo que tiene relación, pero no «este referéndum«, entonces resulta que me pongo riguroso. Pues claro que me pongo riguroso. No es lo mismo una proposición de Ley de secesión unilateral que una petición para la autorización de celebración de un referéndum de secesión de Cataluña, sea cual sea la fórmula escogida, acertada o errónea, admisible o inadmisible.
Yo quiero ver las dieciocho peticiones presentadas en el Congreso para celebrar un referéndum de secesión. Sólo he encontrado una. Quién sabe. Quizás las otras diecisiete fueron inadmitidas a trámite directamente por la Mesa del Congreso, pero aun así figuraría su presentación.
Como soy consciente de las limitaciones del buscador del Congreso, y de las mías al manejarlo, es posible que las diecisiete que no he encontrado estén escondidas bajo palabras distintas a ‘referéndum’, ‘Cataluña’ o ‘autodeterminación’. A ver si alguien me saca de dudas y me enseña esos textos que no he sabido encontrar…
Me olvidaba. Un referéndum dieciocho veces solicitado por ‘Cataluña’… ¿Un diputado de ERC en el Congreso es Cataluña? Interesante.
Acabo. Como digo: he repasado y sólo he encontrado una petición específicamente dirigida a un referéndum de secesión. Seguro que acaban saliendo las otras diecisiete.
EDITO EL 21/09/2016 A LAS 19:26. Una vez publicado el artículo, me entero de la existencia de este en el ARA: «Els 17 cops de porta de l’Estat al dret a decidir dels catalans. El sobiranisme acumula des del 2012 negatives a la petició d’un referèndum«
Cualquier parecido con la realidad de un artículo que incluye entre los «cops de porta» (portazos) preguntas parlamentarias, incluso de ¡¡¡Amaiur!!!, es pura coincidencia. Doy las gracias al ARA por confirmar que mi artículo es sustancialmente correcto.
Yo creo Javier, que esta información que has recabado, junto a aquella que pudieran ampliar, es susceptible de convertirse en documento para su descarga, como ya tienes en este tu blog. 🙂
Felicitats un cop més per una feina excel·lent. Guardo un avergonyit silenci per les vegades que m’he referit a les 18 vegades.
Tot i tenir el convenciment que ni una, ni deu, ni cent peticions cursades amb totes les de la llei servirien per res, això no és motiu per no esgotar totes les vies. A part de que donaria molta més ligitimitat al procés.
Imagino que por «pedir diechiocho veces» se refieren a cuando de vez en cuando han sacado la bandera, y luego han hecho alguna proclama. Asumiendo que alguien se haya puesto a contarlas y no hayan lanzado un dado para decidir el número, claro.
Post para enmarcar. Lujazo. Muy noble Lliure, también. Da gusto…
Felicidades por poner en evidencia una mentira comprobable. Pero la peor mentira no es cuántas veces se pidió un referéndum, sino el concepto mismo de que se necesita uno. Un referéndum es una bomba de tiempo (vide Bréxit) y, por decirlo de una manera, no se debería celebrar si no se supiera primero el resultado. Es decir, tendría que servir para convalidar una posición que la sociedad ya asumió, no para averiguar cuál es dicha posición. El referéndum de la Constitución del 78 era necesario no para saber qué pensaba la sociedad, sino para tener una prueba irrefutable para cuando en el futuro (como ocurre ahora) alguien cuestionara la legitimidad de aquel documento fundacional de la democracia.
Hoy en día los independentistas pueden afirmar que el pueblo en el 78 comprometió a las generaciones futuras, que muchos de los que votaron ya se murieron, que los jóvenes de hoy no tuvieron arte ni parte en aquella decisión. Es cierto. Pero la decisión fue convalidada por una mayoría tan abrumadora que su legitimidad original queda fuera de toda duda. Antes de quemar Constituciones, Empar Moliner podría prenderle fuego al Estatut, que ni de lejos disfrutó de un consenso similar.
Termino con el testimonio de un joven de L’Hospitalet poco antes del 27-S: “Somos muchos los que pensamos que votando a Juntos por el Sí, pegamos donde duele. No estoy nada seguro de que la independencia sea viable pero sí creo que forzará una negociación con el Estado español y los conservadores que será muy beneficiosa para Cataluña”. Eso mismo pasaría en un referéndum independentista: gente que no tiene clara la independencia votaría que sí para pegarle a alguien, no por una íntima convicción soberanista. El gobierno de España hace bien en aguantar el tipo y no sucumbir al histrionismo separatista, a sus escenificaciones que crean la ilusión óptica de una necesidad donde no la hay.
Excelente artículo y gran trabajo.
Pero me parece, Javier, que eres muy benevolente. Y conste que me parece bien que lo seas; es otra virtud de tu blog.
Escribes que «entre lo que dicen y la realidad parece mediar una cierta distancia». Yo diría que media un enorme abismo: el que hay entre la verdad y la falsedad.
Dos recomendaciones hoy:
Si Ghandi levantase la cabeza…
http://elpais.com/elpais/2016/09/16/opinion/1474051136_523393.html
y, es defender el referendum defender la democracia? Pues depende de lo que entienda uno por democracia sospecho…
http://ctxt.es/es/20160914/Politica/8492/Cataluña-independencia-consulta-referendum.htm#.V-J1958ILoc.facebook
Stefan Zweig en vísperas de la primera guerra mundial:
‘El día en que el zepelin se elevó para emprender su primer viaje yo me hallaba casualmente en Estrasburgo, de camino a Bélgica, y vi el dirigible planeando alrededor de la catedral como si quisiese inclinarse ante aquella obra milenaria. Aquella misma noche, ya estando yo en Bélgica, en casa de mi amigo Verhaeren, llegó la noticia de que la nave se había estrellado en Echterdingen. Verhaeren tenía lágrimas en los ojos y estaba terriblemente conmocionado. Como belga no se sentia indiferente ante la catástrofe alemana, puesto que como europeo, como hombre de nuestro tiempo, era sensible tanto a la victoria común sobre los elementos como a la aflicción común. Lanzamos gritos de júbilo en Viena cuando Bleriot sobrevolo el canal de la Mancha, como si fuera un héroe de nuestro país […] Qué absurdas, nos decíamos, aquellas fronteras, cuando un avión las podía superar fácilmente, casi como en un juego! Qué provincianas y artificiales aquellas barreras aduaneras y los policías de fronteras! Qué contradicción con el espíritu de los tiempos que ansía a ojos vista unión y fraternidad universales! El vuelo de los sentimientos no fue menos prodigioso que el de los aviones; compadezco a los que en su juventud no vivieron esos últimos años de confianza en Europa…’.
‘Lo peor fue que nos engaño precisamente la sensación que más valorábamos todos: nuestro optimismo común, porque todo el mundo creía que en el último momento el otro se asustaría y se echaría atrás; y, así, los diplomáticos comenzaron el juego del bluf recíproco’.
Upplandsgatan. He investigado y este es el barrio de Estocolmo que nos conviene. Después de Margallo usando todo de todo para presionar al resto de partidos en los pasillos de la ONU es el momento de comprar billete. Según La Vanguardia «Aludió al referéndum en Italia, a los problemas del partido socialista francés, al Bréxit y la reorganización de Europa, como se refunda la Unión, a las elecciones en Austria, a la inestabilidad en Irlanda, a los nubarrones de recesión económica que auguran – “hemos salido de la UVI pero no estamos para correr un maratón”-, y como remate, “tenemos un movimiento secesionista en Catalunya”.» Le ha faltado la delgadez de SAR Doña Letizia.
Una mica d’humor contextual, no?
https://www.youtube.com/watch?v=BYbAXJBegbQ
Interesante diálogo en twitter entre López Tena, Abat Ninet y otros. Será lo que sea, está claro, pero la diferencia, tanto intelectual como en honestidad es abismal. No entiendo cómo se puede querer la independencia y tener a este hombre fuera del Parlament o de algún puesto decisivo y llenarlo todo de mediocres intelectuales de nulo compromiso con la verdad.
Ala, confirmat: sou tots una colla de trolls, i mai podreu res contra la comunitat de l’ane… Vull dir, del procés! 😛
http://www.directe.cat/noticia/531378/aragorn-del-senyor-dels-anells-aposta-pel-referendum-vinculant-a-catalunya
Julen Madariaga, uno de los fundadores de ETA. Preguntas repugnantes, respuestas repugnantes, tipo repugnante. http://elmon.cat/noticia/170525/julen-madariaga-per-suposat-que-a-lestat-li-interessaria-que-continues-la-lluita-armada
Hoy en El País, artículo de Soledad Gallego Díaz: «la era de la política posverdad».
Último párrafo: «La lucha contra la política de la posverdad empieza, sin embargo, a tomar forma, ayudada por decisiones como la de The New York Times (..). Por primera vez, el diario tituló el otro día en primera página que Trump era un mentiroso. No se trata de decir a la gente lo que debe pensar, explicó el director del diario; se trata de decir quién miente».
http://elpais.com/elpais/2016/09/23/opinion/1474647422_293415.html
Ya están en el Gara contando los parlamentarios que apoyan el derecho a decidir. O sea, que otra vez van a ser oráculos de la voluntad del pueblo. Tabarras que son los tíos. El pueblo vasco ha votado en clave de emponderamiento/soberanía/riendas de su destino… O alguna tontería similar. Mientras, en la vida real Urkullu lehendakari gobernando con geometría variable y ellos irrelevantes salvo para el folclore.
El borracho que suele estar en las barras de los bares metiéndose con los clientes y al que nadie hace caso, escribe hoy en El Mon. No sé qué de Homs. Prometo que es hasta gracioso. Sencillamente no te lo puedes tomar en serio.
Supongo que él tampoco se lo toma en serio porque indicaría una disfunción cerebral que le habría impedido aprender a respirar.
Pues nada chavales, que el nacionalismo mola y el cosmopolitanismo es un invento de pijos tibios que no han salido nunca de la sala de espera del aeropuerto…
http://m.ara.cat/opinio/salvador-cardus-viatjant-nacionalisme-senten_0_1658234166.html
Otra ración autojustificativa. La red primaria de cálidos afectos, la pertenencia, la tribu…
Cuestionario sobre Naciones de Naciones de Naciones etcétera…
http://elpais.com/elpais/2016/05/19/opinion/1463678992_029697.html
Este hombre está en racha…
http://elpais.com/elpais/2015/12/26/opinion/1451148296_502681.html
Y otro y paro…
http://elpais.com/elpais/2015/03/31/opinion/1427815349_969167.html
Si quan dic que això s’acaba ho dic per alguna cosa…
http://www.rac1.cat/programes/el-mon/20160928/41630873344/puigdemont-questio-de-confianca.html
Y, a punto de salir del horno… la decimonovena: http://www.lavanguardia.com/politica/20160928/41622526063/puigdemont-confianza-hoja-de-ruta-proceso.html
A esta, quien corresponda les tendrá que decir que sí, ¿no? Es que… 19 veces son muchas veces, y cada vez que lo piden se cargan de razones…