Esta semana, los grupos separatistas han logrado iniciar los trámites para introducir su reforma del Reglamento del Parlamento de Cataluña, con la finalidad por todos sabida y conocida de proclamar la secesión y convocar el butifarréndum/neveréndum.
Jurídicamente, la iniciativa parece cumplir -no obstante algunos errores iniciales- con los requisitos exigidos por el Reglamento y su impugnación probablemente no llevaría a ninguna parte, pese a que, claramente, su finalidad última es destruir la democracia y el Estado de Derecho en Cataluña.
Distinta es la solución en el ámbito interno de trabajo político en el Parlamento de Cataluña, como así han manifestado los grupos parlamentarios contrarios a una reforma destinada, en exclusiva, a una finalidad ilegal, ilegítima y antidemocrática. Su opción: no participar en una ponencia conjunta de resultado predeterminado y objetivo evidente. Por mucho que Roger Torrent (Junts pel Sí) diga que esta reforma amplía los derechos de los grupos y que es «legítima, reglamentaria y absolutamente legal«, todos sabemos que siguiendo los procedimientos reglamentarios se pueden conseguir resultados ilegítimos e ilegales. [De paso, recuerdo que Roger Torrent fue el mismo que dijo que Junts pel Sí tenía poco interés en tramitar la proposición de Ley Electoral propuesta Catalunya Sí Que es Pot; total, si llevamos 37 años sin Ley Electoral, podemos esperar otros 37 años más].
En abstracto, es cierto que los parlamentarios tienen la obligación de participar en la actividad reglamentaria de la institución. Ahora bien, ¿qué sucede en el caso concreto que nos ocupa? ¿Deben prestarse los parlamentarios a ser instrumentos de ese objetivo ilegal, ilegítimo y antidemocrático si se ha seguido el procedimiento?
Jurídicamente, ya he señalado que la reforma se adecúa, aparentemente, a los procedimientos reglamentarios. Sin embargo, la corrección procedimental no elimina el defecto sustancial: una reforma especialmente creada para un fin concreto, que no es otro que el de (intentar) imponer una secesión. Un fraude democrático, en el que C’s, PSC, CSQP y PP no participarán, al no haber designado representante en la ponencia redactora de la reforma.
Y aquí aparece Jordi Turull (el de las Leyes secretas, el de los momentos excepcionales), quien, según relatan las crónicas, blandió el otro día la amenaza de sanciones «por dejación de funciones« debido a que los grupos parlamentarios de C’s, PSC, CSQP y PP no están dispuestos a plegarse ante el objetivo ilegal, ilegítimo y antidemocrático… huy, perdón, quería decir que no se adhirieron con entusiasmo a la ponencia conjunta de reforma del Reglamento.
El régimen nacionalista de Turull es lo que tiene: si su grupo propone una reforma del reglamento, con un clarísimo objetivo que nada tiene que ver con la democracia, hay que adherirse de forma militante, bajo pena de ser marcado como desafecto al régimen y, por qué no, sancionarlo. Vale la pena reproducir la brillante respuesta de David Pérez (PSC), recogida en muchas crónicas: «Sinceramente no sé como calificarlo. No es ridículo, no es insensato, simplemente te da una idea de por dónde algunos quieren llevar a este país; y, señor Turull, da miedo«.
CONCLUSIÓN. En los últimos días, la frase de que España es una democracia de baja calidad suele tener respuesta de que en Cataluña el asunto es peor. Si irá mal la cosa que ni siquiera se trata de democracia, sino de adhesión militante (ni siquiera la malvada Constitución Española la exige) a un proyecto autoritario-totalitario, en que quien tiene la mayoría amenaza a los demás con sanciones si no se pliegan a sus exigencias. Tanto decir que esas son las formas del Gobierno de España y resulta que, para una reforma del reglamento parlamentario, ya decidida de antemano en todos sus aspectos, Turull echa mano de la amenaza de sanción para sojuzgar a los grupos parlamentarios disidentes. Sí que da miedo, sí.