El Manifiesto de los 500

Hace unos días, y en lo que parece una apresurada respuesta al Manifiesto «El Derecho, al servicio de las Libertades«, se ha hecho público un Manifiesto titulado «Manifest de juristes a favor del dret dels ciutadans i ciutadanes de Catalunya a celebrar un referèndum per decidir el futur polític de Catalunya«.

Firmado por juristas de reconocido prestigio, es un manifiesto por la secesión, que desliza muchos de los prejuicios y frases hechas del separatismo. Leeremos hasta la palabra «conflicto«, que sorprende un poco en un Manifiesto de carácter jurídico. Por otra parte, y siendo como es polémica la posibilidad de celebrar un referéndum, también me sorprende la profusión de argumentos autoevidentes que hacen supuesto de la cuestión. Dicho en términos menos jurídicos: dan por incontestable que se puede celebrar el referéndum, cuando eso todavía es objeto de discusión. (Y, por otra parte, ha sido varias veces resuelto por el TC en el sentido de que debe realizarse por la vía de la reforma constitucional. Y si no te gusta, busca otras vías o modos de lograrlo, pero no «porque sí»).

En fin, vamos al comentario del Manifiesto. Como es un poco largo, he intentado que mis comentarios sean relativamente breves si ello es posible. Tampoco se trata de montar una tesis y sí de destacar algunas cuestiones:

«Més de dues terceres parts dels CIUTADANS de Catalunya demanen des de fa temps la celebració d’un REFERÈNDUM«. Ejem. Sirvan las reflexiones de Xavier Rius.

«Igualment, una gran majoria dels REPRESENTANTS del poble de Catalunya defensa nítidament aquesta opció …«. Señores juristas: ¿qué es una «gran mayoría»? Y, como siempre, la pregunta jamás contestada, ni siquiera por estos juristas: ¿pueden esos representantes crear un Estado independiente y, en cambio, no pueden reformar el Estatut?

«…i l’ha plantejada de forma reiterada, i per diverses vies, però sempre sense èxit, davant les institucions de l’Estat«. NO es verdad. En este blog ya se ha demostrado: ni reiterada, ni por diversas vías, ni menos todavía adecuadas.

«…el DRET, com a instrument de resolució de conflictes, ha de FACILITAR LA RESOLUCIÓ d’aquesta situació a través d’un procediment democràtic«. Cierto. Sin embargo, olvidan apuntar que un argumento del tipo «o referéndum, o referéndum» carece de una mínima impronta democrática.

«En un ESTAT DEMOCRÀTIC I DE DRET, com l’Estat espanyol, és el propi MARC CONSTITUCIONAL INTERN el que empara que els ciutadans puguin proposar canvis substancials en l’organització política i territorial, i el que els ofereix instruments per canalitzar aquesta aspiració democràtica«. También cierto. La reforma constitucional, como dice el TC. O, al menos, una triste reforma de la Ley Orgánica de Modalidades de Referéndum. Ni una cosa ni otra se ha propuesto siquiera, como se ha repetido hasta la extenuación en el blog. Y mira que han tenido tiempo. Con lo que me hubiera gustado comentar y criticar un minucioso proyecto de reforma constitucional, acompañado de una Ley específica para un referéndum de secesión, a iniciativa del Parlamento de Cataluña. Qué pena que no lo han hecho. En cinco años no han tenido tiempo. O eso, o es que han querido, y quieren, desbordar la legalidad.

«Així s’ha reconegut al Canadà i al Regne Unit, on el Quebec i Escòcia han celebrat, dins del respectiu quadre constitucional, sengles referèndums de secessió«. El clásico error separatista: no se trata de aducir los ejemplos que a uno le favorecen (y eso que no son comparables), porque automáticamente puedo citar Italia o Alemania, sino de construir un discurso y camino propio aceptable. Si los juristas compran esta clase de argumentación de la ANC, casi que dejo de comentar.

«La Constitució espanyola reconeix el PRINCIPI DEMOCRÀTIC com a principi estructurador del sistema polític i jurídic, que permet imposar límits a la capacitat de decisió de les majories sobre les minories dissidents«. Por fortuna. Claro que es una pena que la reforma del Reglamento del Parlamento catalán busque todo lo contrario, de forma fraudulenta y antidemocrática, para que una escasa mayoría parlamentaria que representa a una minoria del censo electoral intente imponer a la mayoría de la población una secesión arbitraria, ilegal e ilegítima.

«El principi democràtic possibilita que l’exercici dels drets no depengui de les majories, atès que constitueix la forma de protecció permanent de les minories; per això ofereix una oportunitat democràtica a grups que per raons demogràfiques no poden esdevenir majoria. El sistema constitucional vigent no exclou de la legalitat subjectes o grups que tinguin una idea del dret o de l’organització social o territorial diferent o contradictòria a la de la Constitució«. Una mezcla argumental que pretende esconder un viejo conocido: el nacionalismo. Por otra parte, el sistema constitucional sí excluye a quien defienda la contradicción fuera de los cauces legales y constitucionales. Es una protección para todos, sean mayoría o minoría. Lo que no puedes esperar es saltarte todo el sistema y que encima no te pase nada.

«En conseqüència, AFIRMEM que en el marc constitucional i des del seu principi democràtic es reconeix un dret –que denominem “dret a decidir”– que atorga als seus titulars les facultats de DISCREPAR obertament de l’ordre constitucional establert i també de la unitat territorial, de PROPOSAR ALTERNATIVES expressades a través d’un procediment democràtic – ordinàriament el REFERÈNDUM en els països del nostre entorn– i de REALITZAR de manera negociada amb els representants de l’Estat la consecució del resultat obtingut«. ¡Oh, claro que se puede discrepar! Lo que no se puede es proponer un referéndum saltándose cualquier regla y, a ser posible, con todas las cartas marcadas. Puestos a votar, a mí me gustaría votar esto que la Llei 10/2014, la de consultas populares, veta en su artículo 11.5, en su parte final: «No pueden formularse consultas que puedan afectar, limitar o restringir los derechos y las libertades fundamentales de la sección primera del capítulo II del título I de la Constitución, y los derechos y deberes de los capítulos I, II y III del título I del Estatuto. Asimismo, se excluyen las referidas a materias tributarias y a presupuestos ya aprobados«. Ya veis, tanto derecho a decidir y resulta que no se permite votar materias tributarias; ¿cómo se atreven a limitar mi derecho a decidir? Sin construcción y justificación conceptual previa, a mí todo esto del derecho a decidir me suena a cuento chino y demagogia barata. Para acabar, el apartado final «…REALITZAR de manera negociada…la consecució del resultat obtingut» presupone un resultado favorable a la secesión. O sea, que el manifiesto debería titularse «Manifest de juristes a favor de la secessió«.

«Els sota signants ens posicionem, per tant, en aquest debat sobre el procés donant ple suport a la CELEBRACIÓ D’UN REFERÈNDUM SOBRE EL FUTUR DE CATALUNYA COM A COMUNITAT POLÍTICA. Entenem –i no només nosaltres– que aquest referèndum té cabuda en el marc constitucional espanyol ja que, en constituir un estat de dret i democràtic, ofereix els instruments suficients per donar sortida a aquest conflicte.» ¿Conflicto? ¿Qué conflicto? Yo no tengo ningún conflicto. Obviamente, el Manifiesto se desliza, como en el apartado anterior, hacia la opción secesionista, que no hacia la opción de postularse a favor de «un referèndum per decidir el futur polític de Catalunya«. Terminología poco aceptable en un manifiesto jurídico, para qué negarlo, y que deja en mal lugar a algunos de los insignes juristas firmantes. No es un manifiesto esencialmente jurídico, sino de claras influencias políticas. Quizá sirva en un folleto de la ANC; o en un escrito de la CUP. Para un manifiesto jurídico, no me sirve.

«També considerem que una NEGATIVA CONTINUADA de l’Estat legitimaria d’obrir ALTRES VIES per tal que la ciutadania de Catalunya expressés com vol decidir el seu futur«. Ajá. Juristas a favor de la vía de hecho.

«Declarem que la celebració d’aquest referèndum no és només LEGÍTIMA, perquè és reclamada per una immensa majoria de la ciutadania catalana, sinó que també és LEGAL, perquè el DRET A DECIDIR dels ciutadans de Catalunya arrenca de la Constitució espanyola i d’una ponderació dels seus principis estructurals: el d’Estat de dret i democràtic, juntament amb el d’unitat i sobirania del poble espanyol. Per això mateix, la celebració del referèndum també és JURÍDICAMENT EXIGIBLE a l’Estat«. ¿Sabéis la merecida fama que tenemos los juristas de hablar mucho y no decir nada? Pues eso.

«7. Entenem, en definitiva, que El DRET, mai no pot ser un mecanisme obstatiu per a les societats, ans al contrari, ha de ser l’EINA capaç de recollir les inquietuds, evolucions i transformacions de tota la comunitat, donant respostes que facilitin el progrés i la bona convivència«. ¿Cómo puede una norma interponerse frente a mis deseos? En fin.

CONCLUSIÓN. El Manifiesto de los juristas de la secesión no aporta novedad alguna al argumentario ya conocido. Frases sacadas de algún manual de estilo de la ANC, terminología propia de la CUP… Es lo que pasa cuando a alguien se le ocurre redactar rápido un Manifiesto porque siente la irrefrenable necesidad de contrarrestar otro que se ha publicado antes. Que se le escurre la aspiración secesionista entre las frases.

¿Cómo era esa palabra? ¿El «conflicto» o «el concepto«?  El concepto, lo importante es el concepto…

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Es curioso que los medios separatistas siempre insistan en los números. Frente a los 30 juristas del primer manifiesto, ellos ponen 500. En cualquier manifestación, son de dos millones para arriba -aunque suponga densidades imposibles. Cuando se les pregunta por el porcentaje de gente a favor del butifarrendum, tenemos un 80%. Etcétera.

¿Falacia Ad Populum, tal vez?

Excelente y certero comentario.
Uno tiene la impresión, al leer el manifiesto, de estar ante una simple reiteración del argumentario secesionista habitual con las mismas consignas de siempre, escrito por cualquiera de los propagandistas políticos del «prusés», con escasísima intervención de algún profesional del derecho que apenas aporta un pobre y endeble barniz de lenguaje jurídico.

Ja he comentat alguna vegada que no sóc del ram de la judicatura i, llegint el teu post, em confirmen les sensacions que vaig tenir quan vaig llegir el manifest per primer cop, es tracta d’un document indigne jurídicament que només té sentit políticament.
Suposo que per alguns dels que signen serà una d’aquelles coses que els farà vergonya veure-hi el seu nom a sota quan els passi l’eufòria de l’enamorament pel procés en que es troben, que tan bé ha descrit el professor Tobeña

Hombre, «marco constitucional interno» es un hallazgo. No sé si se opone a «marco constitucional externo» o a qué pero mola mucho.
Por otro lado, creo que hay, por lo menos, dudas de que los referendos en Quebec se hayan hecho de acuerdo al marco constitucional interno canadiense, ahora no podrían hacerse. No se recurrieron que es diferente. Por último, porque es todo un despropósito, la ponderación de principios, que yo recuerde, no es esto que hacen en el manifiesto. Una más, la aparición estelar del derecho a decidir suena a ¿dónde está la bolita? Vamos, 500 juristas firman un manifiesto de apoyo al donut de chocolate. Eso no hace del manifiesto pro donut un manifiesto jurídicamente razonado.

Flojísimo. De verdad, es que me parece indigno. Suele decir Lliure que la batalla legal está perdida (para el secesionismo, obviamente). Creo que está redacción infantil le da la razón.

Enhorabuena por la entrada Javier.

Mi opinión personal es que desde el principio saben que el tema legal no es posible porque no podrá resolverse a su favor y su ÚNICA esperanza desde el principio es que internacionalmente se les apoye.

Eso explicaría la continua propaganda y las abultadas inversiones y esfuerzos en internacionalizar el prusés.
Lo que no soy capaz de explicarme es cómo pueden ser tan sumamente chapuzas, cutres y esperpénticos (lo de Romeva y sus «amiguicos» finlandeses les resta en vez de sumar)

Para ellos el objetivo es el referendum (se gane o pierda) ya que sienta un precedente sobre la particularidad de Cataluña. Da igual que se pierda obteniendo sólo un 37% lo importante es que se haga…

Con todo en su contra, creo que han decidido saltarse el marco legal (provocando y haciendo todas las mamarrachadas que sean necesarias) esperando (anhelando) que la respuesta sea un poquito severa (creo que hasta lo desean de forma obscena).

No sé si son conscientes que estas actitudes de imposición y rotura NO les están favoreciendo mucho internacionalemente….

Lo de tergiversar la opinión de la Comisión de Venecia ( no hubo tal «tirón de orejas» a España) clama al cielo por la desvergüenza y la manipulación.

Totalmente de acuerdo, Fco. Javier, das en el clavo: ellos saben que con cualquier tipo de referendum ganan siempre, pues de por sí (independientemente del resultado) implica dar a Cataluña la categoría de entidad política independiente.
El propio Carod Rovira lo explicó con claridad meridiana: “Un referéndum de soberanía siempre es una victoria. Si se gana, porque te abre las puertas a la plenitud del derecho y hace a tu pueblo libre. Si no, con que obtengas un resultado digno y no humillante, también es la primera piedra del edificio de la victoria, pone al país y su causa en la agenda internacional y todos sabrán que, tarde o temprano, el referéndum se volverá a hacer y se ganará. Después de un referéndum ya nada es como antes, porque todo el mundo mira al país en cuestión de una manera distinta que antes de la consulta, como un país inmerso en un proceso progresivo de afirmación, que ya ha iniciado un camino sin regreso. Un país que se pronuncia democráticamente sobre la posibilidad de convertirse en una nación soberana y en Estado independiente ya se sitúa automáticamente, en la conciencia de todos, en la lista de espera de la libertad. Y pasará más tiempo o no tanto, pero todos saben que, al final, este día llegará“. (Carod Rovira: 2014. La hora de Cataluña, pág.252)
O como escribió Javier Cercas hace unos años: «Un referendum en Cataluña para decidir si quieren ser independientes, implica ya su reconocimiento como entidad independiente».

Es mentira q en el Quevec se hayan consensuado o autorizado por el gobierno referendums de independencia. Los q se han celebrado se han «tolerado» (no impedido) al existir laguna legal, mientras se solicitó dictamen del TS (TC de allí) para saber como debía resolverse jurídicamente. Al haber salido en NO a la separación no han tenido relevancia sobre su carácter vinculante. Tras la sentencia del TS: 1) se niega derecho de secesión unilateral segun ordenamiento jurídico canadiense.2) se niega también según el derecho internacional 3) se dice q las soluciones tienen q ser politicas y democrasticas (lo contrario sería sostener q cualquiera puede mirar de solucionarlo a hostias) 4) dice q deben respetarse minorias en quevec (quevec seria divisible), q la mayoría a favor de la separación debe ser persistente y reforzada y cualquier pregunta clara. 5) tiene q haber acuerdo en todo: referendum, condiciones de éste y de la ruptura.
A raiz de la sentencia del TS el gobierno dicta la ley de claridad para limitar y controlar cualquier nuevo referendum ahora ya con previsión legal, en quevec desde entonces no se ha celebrado ninguno (unilateral sería ilegal) y los separatistas han impugnado la ley por considerarla no democrática.
TODO LO CONTRARIO A LO QUE DICEN ESTOS 500 pseudojuristapoliticos de tan poco rigor

Teniendo en cuenta que algunos de los juristas firmantes del manifiesto son autores de informes emitidos por el llamado CATN y que que otros se están buscando un hueco bajo el sol de una quimérica república melonera, el valor de aquéllos y de este manifiesto es resumible en cuatro palabras: porque yo lo valgo

Ella me parece que no ha firmado el manifiesto: https://www.google.es/amp/www.lavanguardia.com/politica/20170326/421180505198/encarna-roca-jurista-indomita.html%3Ffacet%3Damp

No conozco al detalle el caso, conque acepto encantado matices, pero parece que en un ejemplo claro de ‘politización de la universidad’ la UdG llegó a plantearse retirarle el honoris causa por votar a favor de sentencias contrarias al prusés. La buena noticia es que 100 miembros del claustro votaron en contra. La mala es que 42 consideraron que era un buen motivo…

18 meses después del 27S estamos así http://m.ara.cat/politica/proces-grafic-escenaris_0_1766223544.html
Gráfico de vacile. Ay perdón, infografía

[…] búsqueda simple y rápida, en que se menciona esta clase de teoría del blog. 27 de febrero 2017, 24 de marzo de 2017, 12 de diciembre de 2016, 6 de octubre de 2016, 21 de septiembre de 2016, 22 de julio de 2016, 5 de […]