El Parlamento de la arbitrariedad

Es conocido que el independentismo se lleva bastante mal con la Ley. Por eso, en el Parlamento de Cataluña de vez en cuando se ignora la Ley con el más absoluto desprecio a los más elementales principios del Estado democrático de Derecho, que es lo que ha sucedido con el caso Iceta. Primero, un breve repaso de los apartados legales más relevantes, que os podéis saltar si no os interesa, y después la explicación jurídica.

1. Legislación.

A estas alturas, sabréis que el asunto del Senador de designación autonómica se regula en el artículo 69.5 de la Constitución: «5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.«

Que el artículo 61.a del Estatuto de Cataluña establece que corresponde al Parlamento designar a los Senadores que representan a la Generalitat, conforme a una Ley específica, tal y como indica la Disposición adicional primera del Estatuto.

Que la Ley 6/2010, del procedimiento de designación de los senadores que representan a la Generalidad en el Senado, establece en su artículo 2.1: «1. Pueden designarse como senadores en representación de la Generalidad a los candidatos que cumplen los requisitos de elegibilidad establecidos por la legislación electoral general y la específica de la Generalidad, que acreditan una trayectoria profesional o política relevante y que tienen la condición política de catalanes en los términos establecidos por el Estatuto de autonomía.«. No hay discusión de que Miquel Iceta cumple los requisitos de elegibilidad, acredita trayectoria política relevante y la condición de catalán. Es candidato idóneo.

Que el artículo 4.5 de esa misma Ley dice: «5. El presidente o presidenta del Parlamento propone los nombres de los candidatos a ser designados senadores en representación de la Generalidad. La propuesta debe contener tantos candidatos como puestos a cubrir.«

Que el artículo 5.1 establece: «1. El presidente o presidenta del Parlamento convoca el Pleno y somete a votación la propuesta a la que hace referencia el artículo 4.5«.

Por último, el artículo 174 del Reglamento del Parlamento de Cataluña, en sus apartados 3 y 4, dice: «3. El presidente del Parlamento fija el plazo en que los representantes de los grupos deben proponer sus candidatos. Finalizado dicho plazo, el presidente hace públicas las correspondientes resoluciones y convoca el Pleno del Parlamento para su ratificación.
4. Si es preciso sustituir a alguno de los senadores a los que se refieren los apartados 1 y 3, la persona sustituta debe ser propuesta por el mismo grupo parlamentario que había  propuesto a su antecesor«

2. Interpretación.

Después de tanta Ley, lo primero que hay que tener en cuenta es que la designación de un Senador autonómico no es un acto «soberano» del Parlamento. No es un acto legislativo, del que, en general, sí sería predicable la «soberanía» por irrazonable que nos parezca. Sucede que la designación del Senador viene predeterminada, u ordenada, por la misma Constitución y después en los respectivos Estatutos de Autonomía y leyes de desarrollo.

Si no se trata de un acto legislativo, habrá que buscarle alguna categoría o naturaleza, que de forma un tanto simple diré que se trata de la elección de un candidato cuya presentación la Constitución impone. Es una decisión o acto parlamentario (seguro que los especialistas en derecho parlamentario tienen una categoría concreta), pero no un acto legislativo. El Parlamento de Cataluña no tiene opción a decidir si quiere o no quiere tener un Senador: automáticamente tiene uno y otro más por cada millón de habitantes, que designará (los juristas conocéis la importancia de esta forma verbal, utilizada para indicar que el Rey sancionará las leyes), pues así lo establece la Constitución.

No hace falta enredarse mucho (para juristas, puede dar de sí, para los que no, vamos a ahorrarnos bastante camino) discutiendo sobre si la designación del Senador autonómico es un acto debido, un acto reglado (o casi reglado; los que sabéis de Derecho y en especial administrativo veis por dónde voy) o una potestad discrecional que siempre tendrá como límite la interdicción de la arbitrariedad (artículo 9.3 de la Constitución), que es en definitiva lo que han hecho los grupos parlamentarios: incurrir en arbitrariedad. Normal y habitual en el Parlamento de Cataluña, sí; extraño en un Estado democrático de Derecho, también.

Lo explicaré brevemente. Tampoco lo cojáis al pie de la letra porque el desarrollo llevaría más espacio y la terminología que usaré está sacada a medias del Derecho Constitucional y del Derecho Administrativo y puede resultar insuficiente e inexacta, pero con estos apuntes tendremos suficiente. Tomadlo como el sentido general y principios de la Ley; la naturaleza (jurídica) del asunto dejémosla para los expertos.

Si se trata de un acto debido, como he leído que sostenía Pérez Royo, entonces significa que, ante la propuesta del grupo socialista, el Parlamento de Cataluña solo puede hacer que ratificar al candidato. Para mí, lo que es acto debido es designar a un Senador; pero el Parlamento conserva cierto control -muy poco- sobre la designación.

Si se trata de un acto reglado, significa que el pleno del Parlamento de Cataluña, si acaso, puede controlar que se cumplan los requisitos del artículo 2.1 de la Ley 6/2010, es decir, los requisitos de elegibilidad (que deben haber sido controlados previamente por una Comisión), la trayectoria profesional o política relevante y la condición de catalán. En términos de aplicación práctica, el control sería especialmente sobre la realidad de la «trayectoria profesional o política relevante». En cualquier caso, si se dan los requisitos, estamos ante un acto reglado (o parecido a reglado) y la única decisión posible del Parlamento es la ratificación del candidato propuesto. Si no se hace así, se cae en la arbitrariedad.

Si se trata de un acto discrecional (cosa que rechazo) significa que el Parlamento puede hacer lo que le parezca oportuno, incluso no designar Senador, lo cual es un desatino jurídico, como tantos otros ya cometidos. Como es sabido, la potestad discrecional implica una facultad de opción entre dos o más soluciones igualmente válidas, según la ley, pero como la discrecionalidad no equivale nunca a arbitrariedad, el acto en que se concreta el ejercicio de esa facultad debe ser razonado. Y aquí, por supuesto, la denegación de la designación de Iceta falla estrepitosamente.

Precisamente, hace unos días citaba la STC 206/1992, que abordaba el examen de una decisión parlamentaria sobre un suplicatorio y las facultades revisoras que conserva el Tribunal Constitucional. Salvando todas las distancias, me parece perfectamente aplicable a lo que he explicado, el siguiente fragmento: «De ahí que nuestra exigencia de un «juicio de oportunidad» tuviera un sentido predominantemente material: No se trata tanto de que el Acuerdo adopte una «forma motivada», cuanto de que exista en, o quepa deducir del Acto parlamentario una motivación coherente con la finalidad de la prerrogativa parlamentaria.«

Dicho de otro modo: si la decisión del Parlamento de Cataluña es contraria al sentido material previsto en la Constitución, el Estatuto de Autonomía y la propia Ley que regula el procedimiento de designación de Senadores; si su motivación es ajena a los principios que inspiran tales regulaciones; en tal caso, la decisión del Parlamento de Cataluña ES NULA. Por sí misma y porque, además, vulnera los derechos del candidato y del grupo parlamentario que lo ha propuesto. ¡Ah!, también vulnera los derechos de todos los catalanes, hasta de los independentistas; pero ya no les viene de aquí.

3.CONCLUSIÓN.

Cuando en unos años en los manuales se pongan ejemplos sobre «la tiranía de la mayoría» y conceptos similares de regímenes iliberales y antidemocráticos, serán obligadas las referencias bibliográficas al Parlamento de Cataluña y la mayoría destructiva que ahora mismo desgobierna, superando toda la arbitrariedad imaginable.

248 Comments
antiguos
nuevos
Inline Feedbacks
View all comments
Cristóbal

Debe ser así de clara la cosa cuando el Urias y el Pérez Royo no tienen ni la más mínima duda. Ahora bien, para mi la prueba definitiva la aporta el Juanjoseillo Queralt aquí: https://www.elnacional.cat/es/opinion/joan-queralt-procedimiento-iceta_383614_102.html. En vez de abordar estrictamente la cuestión, se va por las ramas. Altísimas, pero ramas al fin y al cabo y a todas luces, jejeje… Por supuesto, se cuida muy mucho de no poner ejemplos del “procedimiento Iceta” en el ámbito separata, vayamos a que sean demasiados… aunque baste con el Cuevillas o el Matamala, designados por Puigdemont como candidatos en sus listas con la suficiente antelación como para evitar interferencias indeseadas que pudieran poner en peligro el fin último de la operación: pago de servicios prestados… o por prestar, que nunca se sabe.

Quirze de Montpalau

La conclusión merece ser enmarcada y puesta en lugar bien visible para que no se olviden los momentos más tristes de la historia política de esto, que quería ser un país modelo y se ha quedado en sociedad provinciana y mediocre

Juanmari

El recurso al TC va contra la decisión de la Mesa de voto electrónico y secreto (que permite el no) y no escoger el adecuado a los fines (elegir personas) que sería el de papeletas con nombre (o el nombre o en blanco o nulo, sin voto negativo). A triunfar. is.gd/shcTea

Aaron

Creo que esta explicación es muy fácil de entender para legos y merece la pena colgarla aquí
https://t.co/PZgKiyMOuk
(vía @joaquimcoll)

Godofredo

De todas formas… ¡qué tristeza! Estamos asistiendo a un mercadeo sobre qué persona se va a beneficiar de ciertas prebendas en agradecimiento (pago) a qué servicios prestados o por prestar, y ese cargo es el de senador. Lo que revela es la poca entidad del cargo de senador, el poco respeto que merece. ¡Qué diferencia con lo que supone ser senador en los EE.UU. o en la Roma republicana!

Godofredo

Otro de todas formas: https://twitter.com/MarcosdeQuinto/status/1129155331114840065

Que viene a decir: «Para Iceta, que los independentistas den un golpe de estado o se salten flagrantemente la ley “no es tan grave y merece mostrarles comprensión y ofrecerles diálogo”. Pero que recurran a una argucia de procedimiento, perfectamente legal, que a él le perjudica, es intolerable !!!».

A buenas horas mangas verdes.

Javier

Me salgo de mi propio tema, pero es que me ha gustado este tuit de Ramon Tremosa. 405 RT’s para demostrar la nula influencia de la Iglesia en Cataluña para los centros de poder y lo progresistas que son los convergentes. Solo les falta conseguir la bendición del Papa.
https://twitter.com/ramontremosa/status/1129272860541800449

Luis

Vale, de acuerdo, pero entonces que? Si tiene derecho Iceta a ser senador y el parlament no se puede negar que va a pasar ahora? Será o no será senador?

Si lo que ha hecho el Parlament no es legal enmendaran la decision? No llego a comprender que si la decisión del parlament no es legal como puede ser que Iceta no sea senador.

Cristóbal

Matamala y Albert Soler: https://politica.e-noticies.es/la-hija-de-matamala-senala-a-un-columnista-del-diari-de-girona-124207.html. Que aproveche.
«El retorn d’un botiguer. Quina vergonya, ser gironí. Quina vergonya, ser català.»

Juan

El resumen de la semana en el juicio del prusés
https://www.elmundo.es/espana/2019/05/19/5ce0538ffdddff54b58b464b.html

Kasfel

Dado que estamos en domingo y en la hora del aperitivo, después de un par de Martinis, cualquiera puede convertirse en un experto jurista (de barra de bar, por supuesto, por supuesto😂). Vamos allá. Cuando los legisladores constituyentes redactaron el artículo 69.5 ¿que se habían tomado?. ¿Pero cómo puedes dejar estas cosas en manos de determinadas asambleas legislativas? ¿Es que no podían imaginar que algún día dichas asambleas estarían dominadas por fanáticos totalitarios?. No era más fácil haber puesto: “A las Comunidades Autónomas corresponderá además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación será AUTOMÁTICA según la adecuada representación proporcional que los Estatutos asegurarán, estableciendo el procedimiento de reparto”.
Y pasando de jurista de barra a “opinador” de barra, y alegando que estaría ya en fase “ehh que ya es el tercer Martini”, para que nadie se me enfade, no deja de ser justicia poética, que aquellos que muchas veces han equiparado a los que cumplen la ley con los que se la saltan, y son partidarios del dialogo eterno con éstos últimos, reciban una bonita dosis de “dialogo” de la contraparte dialogante.

Juan

Pido disculpas anticipadas por el off-topic clamoroso. Pero es que la morterada mensual que se embolsa nuestro MHP por su actividad de promoción de bebidas alcohólicas dulzonas exigen nuestra atención de contribuyentes responsables:

https://cronicaglobal.elespanol.com/politica/torra-ratafia-soberania-etilica_246243_102.html

Soberanía etílica. Gran concepto, una aportación más del prucesismo a la cultura política mundial.

Juanmari

Pero qué le habrán contado a este hombre para dar ese titular https://www.vilaweb.cat/noticies/wa-thiongo-jo-he-estat-a-la-preso-per-parlar-la-meva-llengua/

Juanmari

Anda, anda. Nuestro viejo conocido Alfred de Zayas pillado con el carrito del helado. Ahora, la Generalitat paga de narices. https://okdiario.com/investigacion/puigdemont-compro-100-000-apoyo-relator-onu-proceso-independencia-4127665/amp

Perpetuo Mogudo

Hay bien pocos indicios que lleven a un, siquiera, moderado optimismo. La probabilidad de independencia de Cataluña es lejana, cierto. Pero la jugada le va a salir casi gratis (lastima que Javier no nos deje montar una porra sobre la fecha de los indultos) a los secesionistas, y todos los elementos para 40 años mas de matraca y de (des) gobierno siguen incólumes, casi reforzados. Para peor parece que no aprendamos nada y de los brazos de la Colau a lo mejor nos lanzamos a los del Tete. Y que apostemos por la estrategia de concesiones y contemporizacion, federalismo asimétrico (??!?), Españas plurinacionales (eso si, Cataluña es «un sol poble «), blindajes competenciales,… Supongamos que la estrategia -«dura» que propugnan PP y C’s (ahora, «a toro pasado», bien podían haber hecho ya las cosas bien, una vez abierto el melon del 155) no es la correcta. Pero qué pruebas hay de que la estrategia de «diálogo», la que se ha ejercido desde el inicio de la democracia, con pequeñas excepciones (básicamente con Rajoy que no cedió lo poco que quedaba por ceder, lo cual lo convirtió en un inmovilista que no escucha), vaya a dar mejores resultados? Diría que lo que abundan son pruebas de lo contrario. El mismo Aznar que se raja las vestiduras hizo cesiones al pujolismo que ni en sus mejores sueños, y que con diferencia han ayudado a llegar a la situación en la que estamos hoy. Sin Pacto de Estado que ponga coto a los desvarío secesionistas y que cierre su acceso fácil a los resortes del poder que le permiten continuar su programa desleal y sedicioso, su propaganda, el retorcimiento de leyes, el uso descarada y abusivamente partidista de las instituciones,… no habrá nada que hacer. Tienen la independencia de facto y seguirán con su modus vivendi durante muchos años. Cuentan con una Red clientela extensa y bien untada y las amplias tragaderas de sus votantes y el egoísmo cortoplacista y el vuelo gallinaceo de los contrarios.

Viure Lliure

Abraham, m’he estat mirant el comentari en el post anterior sobre la llengua. No hi ha cap paral·lelisme (ni per història, ni per composició social, ni per pes i rellevància cultural) amb el cas català entre tots els citats.

Hi ha una pauta comú que és el retrocés de la llengua en determinades regions, però poc més.

I si vols entrem amb detall cas per cas, però o t’escrivia això o ja es moria el tema.

Juanmari

¿Quién ha ganado este año el premio a la fórmula de acatamiento más chorra? ¿Sabemos algo? Empieza a ser más hortera que EUROVISIÓN y la OTI juntos. Luego que si los ciudadanos pasan de la política, suerte que tienen porque si no pasaran y empezaran a exigir responsabilidades a alguno le estallaba la cabeza. Estamos hablando de las personas que hacen leyes, ellos, precisamente ellos, haciendo el gilipollas. Le voy a escribir una carta a un diputado random que empiece «excelentísimo señor por imperativo legal, la voluntad de los votantes, el azar genético y la evolución humana pero sólo tal hasta que llegue la auténtica hermandad donde todos los hombres seamos, etc.» Menuda panda de tocahuevos.

Guest

https://elpais.com/politica/2019/05/22/actualidad/1558511927_295144.html

Buenas tardes,
No se si deberia retitularse esta noticia para leer » Sra. Batet le pregunta al supremo como interpretar las normas de la camara que preside».
Las interpretaciones posibles (hasta donde alcanzo a comprender) son:
– La Sra. Batet se niega a aplicar el reglamento de la camara que preside
– La Sra. Batet prefiere por algun motivo que se aplique la LECRIM en vez de las normas de la propia camara
– La Sra. Batet es incompetente y no alcanza a comprender las normas de la camara que preside

Procuro evitar los juicios de valor partidistas y centrarme en las acciones individuales, pero es dificil comprender la primera actuacion de la presidenta de la camara como algo que no sea ignorar con todas las letras el reglamento de la camara en pos de contentar a los independentistas.

Juanmari

Preveo que esta pericial va a acabar en un sitio frío, húmedo y oscuro https://www.vilaweb.cat/noticies/diari-judici-politic-josep-casulleras-perits-cuixart-no-violencia/

Viure Lliure
Godofredo

Solicito ayuda para entender qué ha pasado esta tarde en el juicio.

1) Respecto a los guardias civiles que declaraban por lo de la agenda de Jové y el fiscal decide renunciar a preguntar por los muchos obstáculos que encuentra. ¿Qué significa y qué consecuencias puede tener?
2) Respecto a la filóloga que la defensa de Forn ha traido para que dé la traducción correcta a la expresión «El dia 1 d’octubre de 2017 s’ha de celebrar el referéndum». ¿Hace falta una filóloga para traducirla? Parece ser que realmente no se traduce por «el día 1 de octubre se ha de celebrar el referéndum», con un tono mandatorio (de Forn a los Mossos), sino «se va a celebrar», que incorpora matices distintos. Me temo que mi catalán no es tan bueno como debiera y habría hecho la traducción incorrecta, pero en mi caso se comprende porque soy un colono. ¿Qué creemos que habrían entendido los mossos al oirla? ¿Qué entiende el catalán profundo?

Juanmari

Habría que mandar a la porra la inmunidad parlamentaria y demás zarandajas. Por el bien de la democracia y porque no tiene sentido cuando ya los diferentes poderes brotan de una única soberanía. Tenía sentido cuando el rey pintaba algo porque había dos soberanías (el rey y el pueblo) pero ahora ya no. Y por el bien de la democracia porque nos ahorraríamos comentarios de privilegios propios de la nobleza de la época feudal. Como bonus track evitaríamos ver como los comentaristas confunden la inmunidad, el aforamiento y la inviolabilidad. Cada vez. Es que ni se lo leen.

Juanmari

¿Os acordáis del índice V-dem? No era ese en el que Turquía estaba delante de España? ¿Era el de la clara tendencia a la baja? Pues parece que España sube 9 puestos. Esto de los índices me resulta incomprensible pero me hace gracia que Puigdemont no lea el de este año https://mobile.twitter.com/FuriaBelga/status/1131660476251877377

Juan

Artículo de Daniel Gascón en El País.
https://elpais.com/elpais/2019/05/24/opinion/1558696993_934607.html
Describe la estrategia del win-win constante, no abandonada por más repetida y cansina que llegue a ser. La palabra que yo destacaría es «deslealtad». Pretender destruir un Estado mientras gobiernas una parte del mismo, cobras de sus presupuestos, y exiges un respeto hacia ti mismo que niegas sistemáticamente al adversario…

Juan

Este Domingo, tal vez por ser jornada electoral, no encuentro en El Mundo la crónica que habitualmente publica Tsevan Rabtan resumiendo lo que ha dado de si la semana en el juicio del prusés. Lo que sí ha publicado es una entrada en su blog:
https://tsevanrabtan.wordpress.com/2019/05/26/lo-unico-bueno-que-podria-pasarnos/

Marcasan

Me perdonareis que comente aquí mis impresiones de las elecciones. Primero los del puigmelon han ganado las europeas sí, pero la suma del separatismo en Europa es de 1,7 millones aprox, menos que en las últimas autónomicas. Todo eso a pesar de la movilización.
Con respeto a las municipales, en fin, las cifras hablan por si solas en BCN. Erc ha ganado, sí, pero los concejales no separatistas son más que en las últimas municipales. Por último quería destacar lo que para mi fue la última imagen del día. Habla la Colau: bla, bla bla, son el partit de la gent del poble bka, bla. El nostre partit representa al poble, no a les families adinerades de Bcn (more or less) bka, bla, bla. Se calla la Colau un momento y se escucha al poble «si se puede, si se puede…» sí, en castellano. Los mandamases no hacen caso. Se les nota incómodos. Rápidamente, Colau toma la palabra otra vez.

Juan

Les institucions seran sempre nostres…
https://politica.e-noticies.cat/torra-reincideix-124340.html
Torra, nuesto bienamado y valeroso MHP, vuelve a colgar los lazos amarillos, ahora que la JEC ya no mira. Ese casi 50% de los votos justifica ampliamente que la mayoría de conciudadanos que no comulgamos con el credo secesionistas seamos convenientemente silenciados. Trágala.

Cristóbal

He tenido ocasión de ver en directo las impugnaciones de las defensas a las pruebas consideradas por las acusaciones como pertinentes para la deliberación y sentencia del tribunal. Me ha llamado especialmente la atención el énfasis que han puesto en la impugnacion de correos electrónicos y tuits porque no han podido ser sometidos a contradicción y garantía de originalidad y no manipulación, o algo así. Bien, supongo que eso valdrá también en su momento para los vídeos y tuits que hayan aportado las defensas, no? O sea… Me llamó mucho la atención la intervención del Melero: no impugnaba ninguna prueba resaltada por la acusación porque a él como defensa de Forn le venían bien. Se tumbó en un minuto las causas de impugnacion del Van den Eynde y de los que vinieron después. Oye, si las causas de impugnacion de las demás defensas son válidas por principio, al Melero y al Forn no se les pueden aportar y aplicar esas pruebas por muy beneficiosas que les resulten en la práctica, no? Es que los principios son los principios, oiga, lo diga Puigdemont o su porquero Matamala, jejeje…

Viure Lliure

Alex, per si llegeixes això:

1. Queda confirmat que hi ha exactament el mateix número d’independentistes que fa 20 anys, als que s’ha sumat una considerable quantitat de processistes que no només és mereixen els que ens passa, sinó que els encanta per continuar plorant i fent-se la víctima. Vaja, que López Tena tenia raó amb la societat catalana.

2. El processisme és perillosament acrític: intentant sumar vots per Graupera aquests dies m’he fet un un fart de donar la tabarra a la gent. M’he arribat a avorrir a mi i tot, però era necessari intentar-ho. M’he trobat gent que encara avui es pensa que hi havia estructures d’estat, que la Merkel gairebé ens reconeix i que votant erc ajudarien als presos a sortir de la presó.

2.b. Al final serà cert el tema de l’adoctrinament de TV3: a més a més de punt anterior, pràcticament ningú havia sentit a parlar del moviment de primàries, ni de les col·locació a de familiars i amics per dedazo a les llistes, ni dels canvis post-primàries dels partits. Evidentment, ni idea de cap programa, tampoc. El silenci mediàtic i el control del relat és ferm i absolut, extremadament difícil de trencar.

3. No hi ha esperança: ahir a la nit ja vaig començar a rebre whatsapps de que Puigdemont arribaria amb avió a Barcelona escortat per 70 eurodiputats que l’acompanyarien. No especificava on, però suposo que era a jurar la constitució.

En fi, aquesta te la devia, pq això ho havíem comentat molt… Tenies raó.

Abraçada.

Juanmari
Juanmari

Con que naturalidad convierten todas las elecciones en un plebiscito sobre la independencia en el que las reglas se dictan a posteriori. https://www.elnacional.cat/es/politica/mayoria-absoluta-independentismo-europeas-sala-martin_388735_102.html
Esto debiera servir de aviso a navegantes porque ocurre una elección tras otra. Si no llegan al 50% o cuentan de otra forma hasta que les dé o no pasa nada. Cero consecuencias, un juego donde sólo se puede ganar.

Viure Lliure

Havia deixat escrit en alguna entrada anterior que no hi hauria «careo» per raons òbvies. Doncs ja ho teniu.

Juanmari

Sentencia TEDH fresquita. Vía vilaweb claro. «necesaria en una sociedad democrática» https://www.vilaweb.cat/noticies/tedh-refusa-recurs-parlament/

Godofredo

Javier, podrías escribir una entrada analizando el cambio de actitud de los separatistas, del todos a una etc., etc., a la lucha navajera de estos días por los sillones. De navaja cachicuerna, preciso.

Y es que hay cosas que son sagradas, y la libertad de la patria no es una de ellas.

Viure Lliure