El «derecho de excepción», según Josep Rull

Afirmar que el discurso secesionista está dominado por la demagogia y la ignorancia puede resultar molesto para algunos y muy cierto para otros.

Hace unos días, escuchaba una entrevista al Conseller Josep Rull, quien aludía, como base legitimadora de la Ley del supuesto referéndum, al derecho internacional. Citaba el principio democrático y un misterioso principio – derecho (no tengo claro si es un principio o un derecho, tras escuchar a Rull) denominado “derecho de excepción. Según Rull, tal derecho es invocable cuando, supuestamente, uno ha intentado de buena fe, de todas las maneras posibles, conforme al derecho interno [en este caso, español], “poner las urnas”. Si la respuesta, se entiende, ha sido negativa, entonces surge el supuesto habilitante para crear “una ley propia” que permita “poner esas urnas”.

Literalmente, esto es lo que dijo Rull en RAC1:

“(…) Haurà d’obeir a una llei, insisteixo, emanada d’un Parlament, que és un Parlament legítim, i un parlament democràtic, incorporant dos principis de dret internacional: el principi democràtic per una banda i el dret d’excepció. Quan tu has provat de bona fe, de totes les maneres possibles, d’acord amb el dret intern espanyol, de poder posar les urnes, aleshores tu estàs legitimat, per d’acord amb una llei pròpia, posar aquestes urnes”.

[“Tendrá que obedecer a una ley, insisto, emanada de un Parlamento, que es un Parlamento legítimo, y un Parlamento democrático, incorporando dos principios de derecho internacional: el principio democrático, por un lado, y el derecho de excepción. Cuando tú has intentado de buena fe, de todas las maneras posibles, de acuerdo con el derecho interno español, poder poner las urnas, entonces tú estás legitimado para de acuerdo con una ley propia, poner estas urnas”.]

Si alguien quiere, puede perder una parte del valioso tiempo de su vida en Google buscando un principio de derecho internacional llamado “derecho de excepción”. No lo encontrará.

A lo sumo, encontrará referencias a los “estados de excepción”, en los cuales se regula, como sabe cualquiera sin necesidad de especiales conocimientos, la suspensión de derechos fundamentales o la alteración de los equilibrios entre los diversos poderes del Estado, de forma usual mediante concentración de poderes en el Ejecutivo. Así se explica en la siempre interesante sinopsis de la Constitución en la página web del Congreso, en el comentario al artículo 55: «Porque un Estado de Derecho que se precie de serlo ha de contemplar no sólo el funcionamiento de las instituciones en situaciones de normalidad, sino que ha también de prever, en la medida de lo posible, las situaciones de crisis o anormalidad. Y lo hace a través del llamado «Derecho de excepción», que se resume en la previsión de dos medidas: la suspensión de derechos y libertades, por una parte, y, por otra, la alteración del equilibrio de poderes Ejecutivo-Legislativo.«

Si no os da sueño, con esta tesis doctoral (Meléndez Padilla, Florentín (2003) Los derechos fundamentales en los estados de excepción según el Derecho internacional de los derechos humanos) se puede aprender mucho sobre los estados de excepción y su enfoque internacional. No dice nada de la convocatoria ilegal de un referéndum, ni de la derogación por la vía de hecho de derechos fundamentales, ni de la arrogación ilegal de poderes ejecutivos. Incluso, he leído algún fragmento inconcebible para el separatismo dominante: el estado de excepción es un medio de defensa de la Constitución y, para más inri, basado en la Ley.

Así que, como de costumbre, una de dos: o el “derecho de excepción” invocado por Rull no existe -por lo menos, de la manera en que lo anuncia, que parece copiada o inspirada en algún discurso de Santiago Vidal-, o lo que quería decir era que el Govern de la Generalitat piensa aplicar un “estado de excepción” cuya validez internacional sólo existe en las palabras del Conseller y en ninguna otra parte, salvo alguna perturbadora tesis de Carl Schmitt.

CONCLUSIÓN. Si hubiera que marcar en un mapa dónde se ubica el lugar en que habita la demagogia, es sencillo localizar una candidatura bastante fuerte.

Si la escuchamos por voz de un Conseller, se acredita -una vez más- que la supuesta fortaleza argumental del secesionismo no pasa de la propaganda, que alcanza en su público objetivo un total grado de certeza.

30 Comments
antiguos
nuevos
Inline Feedbacks
View all comments
Joan

Me gusta, Javier, el ritmo «pausado» que ha adquirido tu página. Viene «al pelo» para el sosiego aletargado de agosto; y hasta sospecho que, pasado éste, será más agradable y fructífero que el ritmo febril al que se había llegado.
Con respecto a la genialidad del «derecho de excepción» (otra ocurrencia más del «prusés»), solo se me ocurre un breve comentario de profano:
Una vez desacretidato y amortizado el falso «derecho a decidir», vienen a fabricarse uno nuevo con este inventado «derecho de excepción». Y me pregunto: ¿por qué no reclaman de una vez por todas el «derecho de invención», reconococidísmo por la ONU, por la UE, y hasta por la FIFA, y que consiste en inventarse el derecho que les dé la gana cada vez que les convenga?

Quirze de Montpalau

També m’afegeixo a la felicitació per l’aire, més reposat, que ha agafat el blog. S’agraeix, ara a l’estiu i tot l’any.

Pel que fa a l’entrada, estic amb tu que és un exemple més de la substitució de la jurisprudència per la propaganda. Cal dir que tenen un públic entregat que els riu totes les gracietes que es van inventant.

Ja se que em titllaran de treure les coses de mare, però quan sento aquesta músiqueta de que, com que ja ho han demanat 17 o 18 vegades (tampoc sé d’on surten aquestes 17 o 18 vegades) i no els han fet cas, ara ja poden fer el que vulguin sense encomanar-se a ningú penso en el principi Mònica Bellucci que es va desenvolupar en aquest blog i, si intento aplicar aquesta nova teoria, acabaré justificant l’assetjament sexual:
Si li he demanat 18 vegades, de bon rotllo i amb bones paraules, i no m’ha fet cas, ja tinc dret a tirar pel dret (no ens estiguem de drets…).

Fco. Javier

De nuevo el «Efecto Belluci»…

Me preguntaba si el señor Rull es siquiera consciente de las implicaciones que puede suponer su recién -«parido»- «Derecho de excepción»…

¿Significa eso que podría ampararme en él/su razonamiento para -por ejemplo- ir a coger por mi cuenta los bienes de la franja y devolverlos al gobierno de Aragón?

¿Podría hacerse lo mismo con Gibraltar?

Alex

Muy buen apunte Javier. Difícilmente se puede hacer un retrato tan exacto de la demagogia y el populismo descerebrado que garantiza el proceso que poner el foco en el deslizamiento semántico que sufre la palabra ‘derecho’ en este comentario de Rull. Y digo deslizamiento porque lo que hace básicamente el conseller es arrastrarlo por el suelo…

Funciona más o menos así: cojo el concepto, que se refiere en este caso a un mecanismo normativo especialísimo que se reservan para casos limite los Estados, en muchos casos, como señalas, Javier, a costa de libertades básicas, lo agito, lo meto en la coctelera voluntarista con un chorretón bien cargado de dignidad de pueblo, y lo sirvo abracadabra como derecho, pero en el otro sentido, el de los inalienables…

Lo más notable, en todo caso, en este esfuerzo por arraigar el anhelo de independencia en el santuario de los derechos humanas elementales, por autoconvencerse de que la legitimidad del propósito es tan incuestionable, y el enemigo tan facha, que proporciona instantáneamente a quien lo abraza un cheque en blanco y un aureola de santidad a lo Gandhi, es haber convertido a ciudadanos en soldaditos de cruzada. Porque, en suma, y retomando un estándar del proceso que esta misma semana volvía a lamentar Liz Castro -emulando a esa musa insuperable de Cita Falsa llamada Empar Moliner*-, quizás a los ‘indepes’ les cueste un huevo encontrar un ‘unionista’ capaz de darles una sola razón para no querer independizarse… pero ya por el mismo precio podrían también empezar a preguntarse cómo es que ellos -Liz, Empar- no han encontrado en todo este tiempo ni una sola razón para poner aunque sea un segundo en barbecho está estúpida fe en la bondad absoluta de la causa…

*De regalo: http://www.ara.cat/premium/Arguments-del-no_0_1396660420.html

Quirze de Montpalau

Crec que hauríem de patentar, registrar i tot el que calgui, l’Institut de la Nova Legalitat (INL) i la Llei Bellucci.
Si no ho fem, encara ens copiaran i li donaran la volta…

papitufo

En cuanto a los comentarios, sigo discrepando de muchos de vosotros. Aquellos del estilo de los que ahora vemos (y antes del boom, supongo), se escribían igualmente. ¿Que se daba lugar a careos sin interés para un porcentaje desconocido de lectores? Imagino que sí pero, ¿es preferible entrar al blog y comprobar que no hay comentarios nuevos desde hace 3 o 4 días? Para mí no, desde luego, sobre todo porque creo que tampoco se había entrado en un nivel de comentarios tipo Marca, Ara o Forocoches.

No obstante, donde manda patrón no manda marinero, así que, aún teniendo conocimientos jurídicos muy básicos, intentaré aportar mi granito de arena sin desmerecer el trabajo de Javier y la suma de los comentaristas más ilustres.

Viva Honduras!!!

Juanmari

El derecho de excepción se lo ha inventado pero no por eso demos por hecho que sabe de qué habla cuando se refiere al principio democrático, especialmente en Derecho Internacional. Mezcla palabras que le suenan bien al azar y estas parecen tener sentido. Casualidad.
Una recomendación, pasad por el TL de Partal en Twitter y ved porqué es bueno para el prusés que la Guardia Civil se ocupe de la seguridad en el Prat. Casi me da algo.

Alex

Alguien ha pensado en mandarle el ‘Cataluña no es Kosovo’ de Vidal-Folch al profesor Costa. Pues urge… Al fin y al cabo el tipo sigue flipando con que 14 artículos remendados del Estatut constituye un ‘contexto factual’ suficiente para considerar no sólo legitima, sino perfectamente ajustada a derecho, una declaración unilateral de independencia. La sola alusión a Kosovo me resulta personalmente sangrante.

papitufo

Me arriesgo a pasar por el filtro, pero ésto ya es de traca. Un historiador hace un informe para el Ayuntamiento de Sabadell sobre el callejero de la ciudad y dice, no sólo que Antonio Machado es españolista y anticatalanista, sino que Quevedo y Goya, entre otros, también lo eran:
http://www.elmundo.es/cataluna/2017/08/15/5991f153268e3eb1178b4582.html

Hace tiempo que se pasó de la caricatura al esperpento.