Los milagros de la secesión

Tenía intención de descansar un poco de blog, por lo de siempre: poca sustancia que obliga a fijarse en elementos casi marginales, con lo que uno corre el riesgo de convertirse en un criticón exacerbado, que ve el pecado en todas partes. La entrevista de hoy a Germà Bel en EL PUNT me ha sacado, brevemente, del sopor. Comentaré apenas unas frases porque no da mucho de sí. Suficiente para comprobar que aquí todos sucumben ante el ídolo de la secesión.

Decía Bel, en julio de 2016, en una entrevista en Vilaweb: «Si es fa un RUI, serà un 9-N però patètic«. Y dice ahora, noviembre de 2016: «La diferència amb el 9-N la marcarà el que passi l’endemà«. Si os leéis las entrevistas, los titulares son fidedignos a lo que transmite Bel. En cuatro meses, a Germà Bel le han convencido. Y eso que los mecanismos y elementos a disposición de los secesionistas eran los mismos en julio que en noviembre. Milagros operados por el ídolo de la secesión, sin duda.

Tampoco puedo obviar esta otra frase: «Una convenció internacional estableix que en un referèndum no acordat no hi ha una exigència de participació mínima, lògicament per combatre l’incentiu al boicot via abstenció«. Los habituales del blog, contened las risas. Los que no seáis habituales o no sepáis la razón de las risas: evidentemente, esa «convención internacional» no existe. Se trata de una particular versión manipulada y deformada de las recomendaciones, criterios o código de buenas prácticas de la Comisión de Venecia, que no vale la pena recordar otra vez (venga, recordemos: sólo con leer los puntos 2 y 3 de esta entrada sobre un artículo de Alberto López Basaguren es suficiente para hacerse una idea). Por manipulada y deformada. Para acabar, esta otra frase, que ‘justificaría’ no exigir una participación mínima: «A més, a Catalunya hi ha sempre una abstenció crònica, un 25% de població que no vota mai«. En fin.

Conclusión. El ídolo de la secesión permite los cambios más radicales sin necesidad de justificación ni argumentación. De la pantalla pasada, al referéndum. Del nuevo 9N patético a ‘lo que pase al día siguiente’. ¡Ah! La lectura que yo hago, en lo fundamental, de la entrevista a Germà Bel en Vilaweb también la hizo Jordi Graupera.

EDITO A LAS 21:00. Para añadir que la trayectoria profesional e intelectual de Germà Bel no parece de las que se dejan convencer por frases como «O referèndum, o referèndum».

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Alquife

¡¡Que casualidad¡¡ Hoy 25/11 el Papelín General del Régimen publica un libelo contra la inteligencia que se refiere a la cuestión planteada a G.B.
El autor que nuestro estimado KiKu Sallés. Velailo:

«El ardid jurídico para garantizar que una baja participación no invalide el referéndum
• La referencia en la Ley de Transitoriedad al Código de Buenas Prácticas sobre Referendos de Venecia evita clarificar un “quórum” de votantes

Quico Sallés, Parlament

25/11/2016 00:06 | Actualizado a 25/11/2016 06:55
Una de las preocupaciones más importantes de la arquitectura del referéndum es darle una pátina de legitimidad y legalidad a pesar de que la convocatoria sea unilateral para tener validez y reconocimiento internacional sea cual sea la participación del censo estipulado.
Fuentes del Govern y de los grupos del Parlament proreferéndum aseguran a La Vanguardia que los arquitectos del referéndum quieren que sea claramente una aplicación “fáctica” de una orden de “autodeterminación del Parlament de Catalunya” con un resultado aceptado por la comunidad internacional. Por lo tanto, pretenden que la participación no sea un hándicap para obtener el aval que requiere un referendo de estas características, puesto que un quórum o participación mínima es una de los principales caballos de batalla de los contrarios a la consulta.
Por ello, la Ley del Règim Jurídic Català, conocida en el argot como la ley de Transitoriedad Jurídica y que implica la Declaración de independencia de manera unilateral pero “condicionada” al resultado del referéndum, tendrá una referencia expresa al Código de Venecia de Buenas Prácticas sobre referendos adoptado por el Consejo de Europa en octubre de 2006, con la matriz en el Código de Venecia de Buenas Prácticas en Procesos Electorales de 2002.
Precisamente, el punto 7 de esta convención internacional adoptada por el Consejo de Europa, recomienda “no estipular ningún porcentaje de participación o quórum” en un referendo. Una norma que se basa en un doble argumentario y que ayudaría a los favorables a la independencia a conseguir su objetivo electoral. No determinar este número de participantes haría que un resultado similar al del 9N avalaría proceder hacia la independencia de Catalunya.
Por un lado, la convención establece que “no es recomendable estipular un quórum de participación mínima (umbral de representación, porcentaje mínimo) porque asemeja a los votantes que se abstienen a aquellos que votan contra la propuesta”.
En segundo término, para este tratado internacional “un quórum de aprobación (aprobación por un mínimo porcentaje del registro electoral) supone el riesgo de provocar una situación política compleja, si el proyecto es apoyado por una mayoría simple menor al umbral de representación necesaria”.
Dispuesto a negociar
En cualquier caso, la utilización del Código de Buenas Prácticas sobre referendos dependerá del nivel de unilateralidad con que finalmente se realice un virtual referéndum de independencia en Catalunya. En este sentido, el president Carles Puigdemont, ya avisó en su última visita a Madrid que estaba dispuesto a “negociar sobre las condiciones del referéndum”. …….

«Ponerse la venda antes de recibir la pedrada» se llama esa simplona argucia.

Alex

Pues para mi gusto el artículo de Graupera, más allá de señalar las contradicciones de Bel, que son P1, es una pura birria. Bueno, como todo lo que le he leído.

Con un poco menos de (re)sentimiento -concretamente ‘ontologico’, por seguir su hilo- de nación, tal vez la comunidad política catalana no estaría fifty-fifty dividida, y a lo mejor, sólo a lo mejor, encontrábamos la manera de hacer que la cesión de parte de nuestra soberanía implicase, en lugar de dominación, fraternidad, o algo que se le pareciera.

Demasiada épica del derecho a la autodeterminación, me parece a mí…

Juanmari

Parece haber una fuerte correlación entre los cambios de opinión y la publicación de un libro.

Abraham Benyosef

Yo no recuerdo nunca que Quico Sallés haya investigado mínimamente un tema; no es ese tipo de periodista. Pero en este caso debería tener una voz interior que le diga que la cosa no puede ser tan sencilla como que exista un reglamento internacional para referéndums y, oh sorpresa, sea lo que le conviene al separatismo. Vamos, que algo debería sospechar. Pero es más cómodo ser taquígrafo de los indepes.

Abraham Benyosef

Leo una noticia en el Ara sobre los cambios que se aceptan en la nueva Gramàtica de la Llengua Catalana, y veo que dan estos ejemplos «tomados al azar» de subordinada introducida por preposición: «L’Estat manté la seva oposició a que votin»; “Tinc dret a que l’Estat em parli en la meva llengua”. ¿Hay algún espacio de su vida en que estos patriotas no hagan Procés?

Marc sanz

Es que el pruces es una religión con todos los elementos típicos de la religión cristiana-catolica de la que bebe. No sólo hace milagros el pruces de la Secesión. También promete el paraíso y los feligreses tienen mucha, pero que mucha FE.

Juanmari

En mi ya obsesiva búsqueda de la pregunta de Tremosa, Urtasun, Maragall y Terricabras a la Comisión del día 4-11-2016 que era esta https://mobile.twitter.com/ramontremosa/status/794604390053269504 me encuentro (recién puesta en la web) con esta otra (se descarga) http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-%2f%2fEP%2f%2fNONSGML%2bWQ%2bP-2016-008355%2b0%2bDOC%2bWORD%2bV0%2f%2fES firmada por Terricabras y Tremosa, también del día 4, con temática idéntica aunque cambia el regidor. Esto ya es personal.