Balance de tres días: la nacionalidad y la hipótesis de la secesión

Hoy el volumen de visitas está más calmado, después de tres días de una actividad enorme -comparada con la anterior, que yo considero suficiente para un blog meramente particular- a raíz del debate generado por la ausencia de respuestas adecuadas por el Presidente Rajoy durante la entrevista de Carlos Alsina. Estas son mis reflexiones:

1.Gracias. A todos los que se han tomado el trabajo de leer cualquiera de los dos trabajos sobre la nacionalidad en la hipótesis de la secesión. La respuesta cuando escribí la primera hace más de un año ya fue buena, aunque de volumen muy inferior; esta semana la respuesta todavía ha sido mejor. A todos nos gustan las felicitaciones.

2.La crítica a mi trabajo. Aparte de los elogios, uno también tiene que fijarse en la crítica. Comprendo que ante un trabajo de tanta extensión es difícil hacerlo por completo -requeriría un esfuerzo equivalente al desplegado, y no se puede cumplir tan sólo en 48 horas- y que únicamente puede realizarse en parte. En este sentido, la crítica más extendida es que me baso en «hipótesis» y que prescindo de «la legislación vigente».

Debo discrepar de tales críticas, que no argumentan que existan errores en mi trabajo -que los puede haber, o imprecisiones, o aspectos discutibles- sino que me baso en una hipótesis. Y es que, en primer lugar, lo que debe de admitirse es que todos, absolutamente todos, hablamos de una hipótesis: la hipótesis de la secesión.

Es decir: yo admito y trabajo sobre la hipótesis de la secesión. Esto, a quien discrepa de mí, le parece bien. Y, como consecuencia de la hipótesis de la secesión, yo formulo otra hipótesis: las eventuales consecuencias para la nacionalidad, basadas en la experiencia internacional, el Derecho Internacional y mis apreciaciones frente a la secesión (está claro que uno no puede sustraerse de su propia subjetividad). Esto, a quien discrepa de mí, no le parece bien. Creo que cualquiera que haya leído y valorado el texto entiende por dónde voy: en la hipótesis de la secesión, cuando interesa se formulan hipótesis incontrovertibles (la Unión Europea nos aceptará porque no tiene otro remedio; la Ley del Deporte se cambiará porque le interesará a la Liga; las pensiones subirán un 10% porque tendremos más dinero, etcétera), y cuando no interesa no se aceptan hipótesis (la nacionalidad no se cambiará, dónde vamos a ir a parar; ¿el efecto frontera?, eso tampoco puede pasar; etcétera) porque el «estado actual de cosas» es distinto (como si la secesión no fuera a generar un «estado de cosas» distinto). Este es el pobre debate que tenemos en Cataluña: al que discrepa del discurso dominante se le quiere desacreditar negando los argumentos que no dan la respuesta deseada. Así estamos.

Añádase que no sólo admito que otras variantes son posibles, sino que aporto un montón de material jurídico -que es el enfoque principal del trabajo- que apoya mis tesis. ¿Qué sólido material jurídico me han presentado de contrario? Hasta la fecha, ninguno. Y eso, admitiendo que otras visiones del tema son distintas. Pero el argumento del «eso no pasará porque lo digo yo, que soy español para siempre» (pronunciado, además, por alguien que se quiere separar de España) cae rápidamente. No se trata, pues, de una crítica basada en el argumento, sino en el deseo. Lo siento mucho: que yo esté abierto a admitir la hipótesis de la secesión -que es algo NO PERMITIDO por nuestra Constitución y, por lo tanto, presupone su modificación o su pérdida de vigencia- como objeto de estudio y que, en cambio, el discrepante no acepte como objeto de estudio las eventuales consecuencias para la nacionalidad -cuya legislación no está elaborada ni redactada para afrontar una secesión- revela un alcance de su capacidad de análisis muy pobre, centrado en exclusiva en sus prejuicios.

Insisto: acepto la hipótesis de la secesión (prescindo, no obstante, de si es posible llegar hasta allí y el cómo, cuestión que a todas luces el secesionismo no ha abordado con la suficiente seriedad, por mucho que reitere su mensaje). Si no se acepta debatir sobre una potencial consecuencia, como la imposibilidad o dificultad de una doble nacionalidad automática que no ha sucedido nunca, está claro que no se trata de debatir, sino de imponer.

Edito:  ¿Y si las Cortes decidieran no cambiar la legislación, como me han sugerido? Bien. Entonces, efectivamente, se podría conservar la nacionalidad, aunque el fenómeno no sería de doble nacionalidad, sino de ostentar dos nacionalidades. Claro que, entonces, quien formula esta hipótesis, basada en la legislación vigente, también debiera justificar las razones por las que el Estado permitiría esta consecuencia… basada en un acto ilegal como la secesión. Puesto que mientras no se modifiquen los artículos 1 y 2 de la Constitución, la secesión es ilegal y, por lo tanto, imposible. Como la secesión sería anterior a las consideraciones sobre nacionalidad, resuelvan esta objeción previamente. Con la legislación vigente, claro. Nada de la voluntad del pueblo ni una mayoría de escaños, ni de votos. Con la legislación vigente. No hay fórmula. Menudo debate tendríamos si me parapeto en los artículos 1 y 2 de la Constitución, ¿no?. ¡Ay!, esos que se agarran al artículo 11.2 de la Constitución y el artículo 24 del Código Civil y, sin embargo, quieren ignorar el resto del ordenamiento jurídico.

Entiendo que para algunos no son agradables argumentaciones que sostienen que no sería una sorpresa que se tuviera que optar por una u otra nacionalidad (en la hipótesis de la secesión). Para muchos, un grave quebranto de incalculables consecuencias. Sin embargo, exponer esta posibilidad, invariablemente, tiene la misma respuesta que otras cuestiones cuando las tiene que afrontar el secesionismo: imposible, no puede ser. También reconozco que el debate es complejísimo. Pero no me vale que unas hipótesis sean hechos objetivos y otras hipótesis castillos en el aire. El Barça en la Liga sí (porque interesará) y lo que yo argumento no (porque no me gusta la hipótesis que planteas tan rara de que un Estado es libre de decidir lo que tenga por conveniente con la nacionalidad en caso de una Sucesión de Estados, tan ajustada a principios generalmente aceptados del Derecho Internacional y que serían aplicables si así se tuviera por conveniente). Valoren ustedes.

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